Resolución 502
La Resolución No. 502 del Ministerio del Comercio Exterior regula la importación de carne de animales de la especie bovina. Establece que las empresas ALIMPORT y CAREXIM están autorizadas para importar directamente estos productos. La norma es emitida por el Ministerio del Comercio Exterior en virtud de su competencia para dirigir la política comercial exterior.
- Se ratifica la autorización a ALIMPORT y CAREXIM para importar carne bovina fresca o refrigerada y congelada (subpartidas 0201.0000 y 0202.0000).
- Se cancela la facultad de importación a entidades listadas en el Anexo Nº 1 de la Resolución.
- Se dispone la disolución del Comité de Compras e Importación de Carnes Refrigeradas y Congeladas.
- Se deroga la Resolución Nº 518 de 17 de diciembre de 1998.
Texto íntegro
RESOLUCION Nº 502 del 2005
-
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior.
-
POR CUANTO: A los efectos de alcanzar mayores niveles de eficiencia y racionalidad en la utilización de los recursos financieros que se destinan a la compra e importación de los productos que clasifican por las subpartidas 0201.0000 y 0202.0000 “Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada y Carne de animales de la especie bovina, congelada” del Sistema Armonizado, se ha considerado procedente reordenar el esquema importador de dichos productos.
-
POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 518 de fecha 17 de diciembre de 1998, dictada por el que Resuelve, se ratificó la creación del Comité de Compras e Importación de Carnes Refrigeradas y Congeladas, el cual resulta procedente disponer su disolución como resultado del reordenamiento del esquema importador para los productos que clasifican por las subpartidas a que se refiere el Por Cuanto anterior.
-
POR CUANTO: Mediante Acuerdo Nº 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los Orga-
- nismos de la Administración Central del Estado, dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
-
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 17 de mayo del 2000 fue designado el que Resuelve, Ministro del Comercio Exterior.
-
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Ratificar la autorización otorgada a las Empresas ALIMPORT y CAREXIM para que ejecuten directamente la importación de las mercancías que clasifican por las subpartidas 0201.0000 y 0202.0000 “Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada y Carne de animales de la especie bovina, congelada” del Sistema Armonizado.
-
SEGUNDO: Cancelar en la nomenclatura de productos autorizados a importar a las entidades que se relacionan en el Anexo Nº 1 de la presente Resolución, las subpartidas que se describen en el referido Anexo.
-
TERCERO: Disponer la disolución del Comité de Compras e Importación de Carnes Refrigeradas y Congeladas.
-
CUARTO: Se deroga la Resolución Nº 518 de fecha 17 de diciembre de 1998.
NOTIFIQUESE la presente Resolución a los Jefes de las entidades interesadas.
COMUNIQUESE al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a la Aduana General de la República, a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Cámara de Comercio y a los Directores de entidades del Sistema del Ministerio del Comercio Exterior. Archívese el original en la Dirección Jurídica.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADA en la Ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veintiocho días del mes de diciembre de dos mil cinco.
Raúl de la Nuez Ramírez
Ministro del Comercio Exterior
ANEXO
Entidades a las que se les cancela la facultad de importación: