Resolución 39/2017
La Resolución No. 39/2017 del Ministerio de Energía y Minas regula la concesión de investigación geológica en Calizas Peñas Altas. Deroga la Resolución No. 118/2014 que otorgó la concesión a la Empresa de Materiales de Construcción de Granma. La resolución es emitida por el Ministro de Energía y Minas.
- Se deroga la Resolución No. 118/2014 que otorgó concesión de investigación geológica en Calizas Peñas Altas.
- La concesión tenía un plazo de 3 años que ha vencido, según artículo 60, inciso a), de la Ley No. 76, Ley de Minas.
- El terreno de 10,79 hectáreas queda franco para nuevas solicitudes mineras.
- El concesionario debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- La resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 39/2017
POR CUANTO: Mediante el Decreto Ley No. 301, de fecha 9 de octubre de 2012, seextinguió el Ministerio de la Industria Básica y se creó el Ministerio de Energía y Minas,como Organismo de la Administración Central del Estado encargado de proponer y, unavez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectoresenergético, geológico y minero del país.
POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, otorgó al Ministro del extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas, determinadas facultades en relación con losrecursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el artículo 13 de la Ley No. 76,Ley de Minas, de 21 de diciembre de 1994.
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 118, de 29 de abril de 2014, de quienresuelve, le fue otorgada una concesión de investigación geológica a la Empresa de Materiales de Construcción de Granma en el área denominada Calizas Peñas Altas,ubicada en el municipio Guamá, de la provincia de Santiago de Cuba, con una extensión decatorce coma una (14,1) hectáreas, con el objetivo de investigar las calizas existentes parasu eventual utilización en la fabricación de áridos finos para la producción de hormigón.Posteriormente, mediante la Resolución No. 69, de 19 de marzo de 2015, se otorgaron losderechos de explotación en un área de tres coma treinta y una (3,31) hectáreas.
POR CUANTO: Ha vencido el término de tres (3) años, otorgado mediantela Resolución No. 118, de 29 de abril de 2014, del que resuelve, a la Empresa de Materiales de Construcción de Granma, para investigar las calizas existentes en el áreaantes mencionada; incurriéndose en la causal de extinción de las concesiones minerasestablecida en el artículo 60, inciso a), de la referida Ley No. 76, Ley de Minas, de 21 dediciembre de 1994.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100,inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Derogar la Resolución No. 118, de 29 de abril de 2014, del que resuelve,mediante la cual se otorgó a la Empresa de Materiales de Construcción de Granma unaconcesión de investigación geológica en el área denominada Calizas Peñas Altas, ubicadaen el municipio Guamá, de la provincia de Santiago de Cuba.
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarca las diez coma setenta y nueve(10,79) hectáreas del área de la concesión de investigación geológica que no pasarona explotación, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividadesmineras, y su localización en el terreno, en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Sur, esla siguiente:
| VÉRTICE | Y | X | | - | - | - | | 1 | 148 265 | 568 865 | | 2 | 148 265 | 568 395 | | 3 | 148 565 | 568 395 | | 4 | 148 564 | 568 542 | | 5 | 148 436 | 568 542 | | 6 | 148 436 | 568 801 | | 7 | 148 564 | 568 801 | | 8 | 148 565 | 568 865 | | 1 | 148 265 | 568 865 |
TERCERO: El concesionario está obligado a cumplir las obligaciones contraídasal serle otorgada dicha concesión de investigación geológica, si no las hubiere aúnejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente engeneral, y específicamente con la rehabilitación del área, así como indemnizar por losdaños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
CUARTO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa de Materiales de Construcción de Granma.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 18 días del mes de abril de 2017.
Alfredo López Valdés
Ministro de Energía y Minas