Resolución 392/2022
La Resolución 392/2022 del Ministerio de Justicia regula la creación de la Oficina Central del Registro Central de la Propiedad de Bienes Inmuebles. Esta norma emana del Ministerio de Justicia en virtud de la facultad conferida en la Constitución de la República de Cuba.
- Se crea la Oficina Central del Registro Central de la Propiedad de Bienes Inmuebles (Artículo Único).
- El Registro Central constituye un sistema integrado por la oficina central y oficinas registrales municipales (Decreto-Ley 51 y Resolución 493).
- La Oficina Central funcionará de manera integrada con las oficinas registrales municipales.
- La Resolución deroga la Resolución 493 de 2021 que aprobó la creación y normas del Registro Central de la Propiedad de Bienes Inmuebles.
- Se comunica a viceministras, directivas y jefes de organismos y entidades nacionales (Artículo 2).
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 392/2022
POR CUANTO: El Decreto-Ley 335 “Del Sistema de Registros Públicos de la Re-pública de Cuba”, de 20 de noviembre de 2015, dispone como objeto la creación, orga-nización y funcionamiento del Sistema de Registros Públicos del país, y en su
Artículo 9 establece que el Ministro de Justicia aprueba los registros que conforman el sistema apropuesta de los órganos, organismos de la Administración Central del Estado y entidadesnacionales, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición.
POR CUANTO: El Decreto-Ley 51 “De los Registros Públicos de Bienes Inmuebles”,de 6 de agosto de 2021, mandata, en su Disposición Final Segunda, al Ministro de Justiciaa crear el Registro Central de la Propiedad de Bienes Inmuebles en el plazo de 180 días,contados a partir de la entrada en vigor del Decreto-Ley precitado; y por Resolución 493 de quien suscribe, de 19 de noviembre de 2021, se aprobó su creación y las normas yprocedimientos del Registro Central de la Propiedad de Bienes Inmuebles, dando cum-plimiento al mandato establecido por el Decreto-Ley 51 y a lo estipulado en el
Artículo 3,apartado 2, de la Sección Segunda del Decreto-Ley 335 precitado.
POR CUANTO: El mencionado Decreto-Ley 51 y la citada Resolución 493 estable-cen, en su
Artículo 11, apartado 1 y en su
Artículo 1, apartado 1, respectivamente, que el Registro Central constituye un sistema integrado por la oficina central y por las oficinasregistrales municipales, las que de forma descentralizada gestionan el procedimiento re-gistral y su publicidad; por lo que resulta necesario implementar el funcionamiento inte-gral de este Registro para perfeccionar la prestación de sus servicios en cumplimiento delas funciones asignadas; en tal sentido, se procede como corresponde.
POR TANTO: En ejercicio de la facultad que me ha sido conferida en el
Artículo 145,inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
1970
RESUELVO
ÚNICO: Crear la Oficina Central del Registro Central de la Propiedad de Bienes In-muebles, para su funcionamiento de manera integrada con las oficinas registrales muni-cipales.
COMUNÍQUESE a las viceministras, a la Directora General de Notarías y Registros Públicos, a la Directora de Registros de Bienes Muebles e Inmuebles, a la Jefa del Depar-tamento de Atención a Registros Públicos de los organismos de la Administración Centraldel Estado, a los directores provinciales de Justicia y del municipio especial Isla de la Juventud, y a cuantas personas corresponda.
DESE CUENTA al Consejo de Estado y a los jefes de los organismos de la Adminis-tración Central del Estado y entidades nacionales.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los seis días del mes de julio de 2022.
Oscar Manuel Silvera Martínez
Ministro