Resolución 395/2015
La Resolución No. 395/2015 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de la compañía canadiense TERRACAM ÉQUIPEMENT INTERNATIONAL LTÉE. Esta resolución autoriza a la empresa a realizar actividades comerciales en Cuba.
- Se autoriza la renovación de la licencia a TERRACAM ÉQUIPEMENT INTERNATIONAL LTÉE para realizar actividades comerciales en Cuba.
- El objeto de la compañía se limita a las mercancías descritas en el Anexo No. 1, que incluye productos de los capítulos 38, 40, 70, 73, 82, 84, 85, 87 y 90.
- La licencia no autoriza a importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista en general, distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
- La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras es responsable del cumplimiento de lo dispuesto en la resolución.
- Se exceptúan los servicios de postventa y garantía expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 395/2015
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece el pro-cedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación delicencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve elexpediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de Licencia presentada por
la compañía canadiense TERRACAM ÉQUIPEMENT INTERNATIONAL LTÉE, y delanálisis efectuado se ha considerado procedente acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptadopor el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia ante el Registro Nacional de Sucursa-les y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio dela República de Cuba, de la compañía canadiense TERRACAM ÉQUIPEMENT INTER-NATIONAL LTÉE.
SEGUNDO: El objeto de la compañía canadiense TERRACAM ÉQUIPEMENT IN-TERNATIONAL LTÉE, a partir de la renovación de su Licencia, será la realización de lasactividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se descri-ben en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial.
b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excep-to los servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio exterior.
c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda-des Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto enla presente Resolución.
COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del Ministerio del Comercio Ex-terior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior,GECOMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACO-REC S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, al Presidente de lacompañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y acuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losveintiocho días del mes de diciembre de dos mil quince.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro del Comercio Exterior
y la Inversión Extranjera
ANEXO No . 1
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR
ACTIVIDADES COMERCIALES ATERRACAM ÉQUIPEMENTINTERNATIONAL LTÉE
| Descripción | | - | | Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas | | Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas |
| Descripción | | - | | Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas | | Capítulo 73 Manufacturas de fundición, hierro o acero | | Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metalcomún; partes de estos artículos, de metal común | | Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos;partes de estas máquinas o aparatos | | Capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabacióno reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido entelevisión, y las partes y accesorios de estos aparatos | | Capítulo 87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres;sus partes y accesorios | | Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida,control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios deestos instrumentos o aparatos |
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