Resolución 395

Autorización de inscripción de sucursal de NAVARRO MARTÍNEZ GMBH LABOR-UND MEDIZINTECHNIK

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
2022-10-12
Publicada en
Gaceta No. 105 Ordinaria de 2022 (2022-10-20)
Páginas
16–17
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La Resolución No. 395 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de una sucursal de la compañía alemana Navarro Martínez GmbH Labor-und Medizintechnik en Cuba. La norma es emitida en virtud del Decreto 32 de 2021, que regula las representaciones comerciales extranjeras en el país.

Texto íntegro

GOC-2022-981-O105 RESOLUCIÓN 395/2022

POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representacio nes comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulacionesgenerales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la República de Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comercia les Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, envirtud de la solicitud de inscripción de la sucursal de la compañía alemana NAVARRO MARTÍNEZ GMBH LABOR-UND MEDIZINTECHNIK y, del análisis efectuado, se haconsiderado acceder a la solicitud formulada.

3095 GACETA OFICIAL20 de octubre de 2022

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del

Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar la inscripción de la sucursal de la compañía alemana NAVARROMARTÍNEZ GMBH LABORUND MEDIZINTECHNIK en el Registro Nacional de Re presentaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.SEGUNDO: El giro comercial de la sucursal de la compañía alemana NAVARROMARTÍNEZ GMBH LABORUND MEDIZINTECHNIK en Cuba, a partir de su inscripción, es la comercialización de productos de la industria farmacéutica.TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori za la realización de las actividades siguientes:a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; ni b) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extran jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado. NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la Directora Jurídica del Ministerio.COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los doce días del mes de octubre de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro_______________