Resolución 398/2023
La Resolución 398/2023 del Ministerio de la Agricultura regula los precios de acopio y comercialización de la papa en Cuba. Establece nuevos precios de acopio para la papa cosechada con semilla nacional y semilla importada. La norma es emitida por el Ministro de la Agricultura.
- El precio de acopio en el campo para la papa cosechada con semilla nacional es de 26,175 pesos la tonelada (1,204 pesos el quintal).
- El precio de acopio en el campo para la papa cosechada con semilla importada es de 18,240 pesos la tonelada (839 pesos el quintal).
- El precio minorista único para la venta regulada de la papa es de 11 pesos la libra.
- El margen para la comercialización mayorista de la papa se compartirá entre las partes de mutuo acuerdo.
- Se deroga la Resolución 5, de 19 de enero de 2023, que establecía precios anteriores.
Texto íntegro
)
POR CUANTO: La Resolución 10, de 17 de enero de 2023, de la ministra de Finanzasy Precios, en su Resuelvo Segundo, faculta al ministro de la Agricultura para aprobar losprecios de acopio, mayoristas y minorista de la papa; y establece que los gastos necesa-rios para su producción y comercialización no pueden generar, ni pérdidas, ni subsidiosal presupuesto del Estado.
POR CUANTO: La Resolución 5, de 19 de enero de 2023, de quien suscribe, estableceel precio de acopio en el campo del producto papa cosechada con semilla nacional y parala papa cosechada con semilla importada, así como el precio minorista.
POR CUANTO: Teniendo en cuenta el incremento de precios de los insumos funda-mentales para la producción de papa, se hace necesario modificar el precio de acopiodel producto papa, tanto la cosechada con semilla multiplicada nacionalmente como lacosechada con semilla importada.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas, enel
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
08/01/24
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RESUELVO
PRIMERO: Establecer el precio de acopio en el campo del producto papa cosechadacon semilla multiplicada nacionalmente en 26 175 pesos la tonelada (1204 pesos elquintal).
SEGUNDO: Establecer el precio de acopio en el campo del producto papa cosechadacon semilla importada en 18 240 pesos la tonelada (839 pesos el quintal).
TERCERO: El margen para la comercialización mayorista de la papa, se compartiráentre las partes de mutuo acuerdo.
CUARTO: Mantener el precio minorista único de 11 pesos la libra para la venta regu-lada del producto papa.
QUINTO: Derogar la Resolución 5, de 19 de enero de 2023, de quien suscribe.
SEGUNDA: La presente Resolución entra en vigor a partir de la fecha de su publica-ción en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
NOTIFÍQUESE a la ministra del Ministerio de Comercio Interior, a viceministros ydirectores generales, directores del Órgano Central, jefes de departamento, directores deunidades adscriptas, presidentes de OSDE y delegados provinciales de la Agricultura,
COMUNÍQUESE al ministro de Finanzas y Precios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en el protocolo de resoluciones a cargo de la Dirección Jurí-dica del Ministerio de la Agricultura.
DADA en La Habana, a los 26 días del mes de diciembre de 2023, “Año 65 de la Re-volución”.
Ydael Jesús Pérez Brito
Ministro
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