Resolución 397
Texto íntegro
GOC-2018-745-EX69 RESOLUCIÓN No. 397/2018
POR CUANTO: El Decreto No. 300 Facultades para la aprobación de Precios y Ta-rifas, de 11 de octubre de 2012, establece en su Disposición Especial Segunda que los precios y tarifas de productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único, se aprueban por el ministro de Finanzas y Precios o por aquel en quien este delegue; y mediante la Resolución No. 38, de fecha 31 de enero de 2013, dictada por quien resuelve, se aprobaron los productos y servicios cuyos precios y tarifas corresponde fijar central-mente por este Ministerio.Por CUanto: El ministro de Salud Pública ha solicitado a este Organismo la apro-bación del precio minorista en pesos cubanos (CUP) del suplemento nutricional ASMA-SÁN 120 ml, compuesto por miel de abejas y las mezclas de tinturas nacionales que se caracterizan por su contenido de flavonoides, fenoles y tainos, lo que se ha decidido acep-tar, teniendo en cuenta que este producto se introduce en el Cuadro Básico de Productos Naturales.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :ÚNICO: Aprobar el precio minorista de seis pesos cubanos (6,00 CUP), para el Suple-mento nutricional ASMASÁN 120 ml, compuesto por miel de abejas y las mezclas de tin-turas nacionales que se caracterizan por su contenido de flavonoides, fenoles y tainos, que se vende a la población en las farmacias comunitarias, con el código No. 3392091612.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.Da Da en La Habana, a los 24 días del mes de septiembre de 2018.Meisi Bolaños Weiss Ministra a.i. de Finanzas y Precios