Resolución 399
La Resolución No. 399 del Ministerio del Comercio Exterior cancela la autorización a CORPORACION GAVIOTA, S.A. para realizar actividades de comercio exterior. Esta resolución es emitida por el Ministro del Comercio Exterior en virtud de las facultades conferidas por el Acuerdo Nº 2821 de 1994 y el Acuerdo Nº 2817 de 1994.
- Se cancela la autorización a CORPORACION GAVIOTA, S.A. (Código Nº 102) para realizar actividades de comercio exterior.
- La entidad mantiene su inscripción en el Registro Central de Aduanas por 90 días para ejecutar importaciones pactadas.
- Se deroga la Resolución Nº 662 de 24 de diciembre de 2002 que otorgó la autorización.
- La resolución debe ser notificada al interesado y comunicada a varias entidades estatales.
Texto íntegro
RESOLUCION Nº 399 de 2005
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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior.
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POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 500, de 24 de junio de 2003, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, fue establecido el Procedimiento para la concesión, modificación y cancelación de facultades de comercio exterior, así como la de nomenclaturas de productos autorizados, a las empresas estatales, sociedades mercantiles cubanas.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución Nº 662 de fecha 24 de diciembre de 2002, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, se ratificó la autorización otorgada a la sociedad mercantil cubana CORPORACION GAVIOTA, S.A., para la realización de actividades de comercio exterior.
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POR CUANTO: Procede dejar sin efecto la autorización otorgada a la antes mencionada entidad.
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POR CUANTO: Mediante Acuerdo Nº 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado, dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 17 de mayo del 2000 fue designado el que Resuelve, Ministro del Comercio Exterior.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas:
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Cancelar la autorización otorgada a la sociedad mercantil cubana CORPORACION GAVIOTA, S.A., identificada a los efectos estadísticos con el Código Nº 102, para la realización de actividades comercio exterior.
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SEGUNDO: A los efectos de la ejecución de la importación de las mercancías pactadas en los contratos de compraventa internacional suscritos por la referida entidad, la misma mantendrá vigente su inscripción en el Registro Central de Aduanas por el término de noventa (90) días contados a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución.
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TERCERO: Se deroga la Resolución Nº 662 de fecha 24 de diciembre de 2002, dictada por el que Resuelve.
NOTIFIQUESE al interesado.
COMUNIQUESE la presente Resolución a la Secretaria del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministro, a la Aduana General de la República, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Cámara de Comercio y a los Directores de Empresas. Archívese el original en la Dirección Jurídica.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los catorce días del mes de octubre de 2005.
Raúl de la Nuez Ramírez
Ministro del Comercio Exterior
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