Resolución 3/2005

Sobre la ocupación de Auxiliar de Investigaciones Agropecuarias

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
2005-02-08
Publicada en
Gaceta No. 30 Ordinaria de 2005 (2005-07-12)
Páginas
6–7
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La Resolución No. 3/2005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula la ocupación de Auxiliar de Investigaciones Agropecuarias. Esta norma establece un nuevo cargo y salario para trabajadores que auxilian en investigaciones agropecuarias en institutos de investigación de varios ministerios.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 3/2005

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POR CUANTO: Mediante el Acuerdo adoptado por el Consejo de Estado el 22 de octubre de 1999, quien resuelve fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo 4085, de fecha 2 de julio del 2001, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Segundo, numeral 1, es atribución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, proponer, aprobar y controlar el perfeccionamiento de la política salarial del país.

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POR CUANTO: La Instrucción No. 1 de fecha 6 de marzo de 1992, dictada por el Ministro Presidente del anteriormente denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, dispuso considerar bajo la nomenclatura de “Obrero Agropecuario y Forestal” en actividades de investigación con un salario mensual de $225.00 pesos sin que esta decisión obtuviera los resultados esperados de atraer esta fuerza de trabajo.

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POR CUANTO: El Ministerio de la Agricultura teniendo en cuenta que los obreros agropecuarios que auxilian las tareas y actividades en los institutos de investigaciones, no se pueden vincular a los resultados finales de la producción, sino al resultado de la investigación como vía para incrementar sus ingresos, ha solicitado la aprobación de un cargo de amplio perfil que sea de aplicación a los institutos de Investigación de los ministerios de la Agricultura, del Azúcar, de la Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y de la Educación Superior, además de establecer un incremento salarial como reconocimiento a la importante actividad que realiza.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Aprobar la ocupación de obrero de amplio perfil denominado Auxiliar de Investigaciones Agropecuarias, que se incluye en el Calificador de Obreros Propios de la Rama Agropecuaria del Ministerio de la Agricultura, cuya descripción aparece en el anexo de la presente Resolución, formando parte integrante de la misma.

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SEGUNDO: Establecer un incremento salarial adicional de $50.00 pesos quincenales o $100.00 pesos mensuales, para los trabajadores que desempeñan la ocupación de Auxiliar de Investigaciones Agropecuarias, por el cumplimiento de la programación del trabajo.

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TERCERO: Se deroga la Instrucción No. 1 de fecha 6 de marzo de 1992, del entonces denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 8 días del mes de febrero de 2005.

Alfredo Morales Cartaya

Ministerio de Trabajo

y Seguridad Social

ANEXO

OCUPACION: Auxiliar de Investigaciones Agropecuarias

CATEGORIA OCUPACIONAL: Obrero

NIVEL DE UTILIZACION: Institutos de investigaciones y sus dependencias pertenecientes a los ministerios de la Agricultura, del Azúcar, de la Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y de Educación Superior, en la ejecución de tareas y actividades que auxilian a las investigaciones agropecuarias.

GRUPO: VIII

Salario único: $232.53 mensual, que incluye el pago de condiciones laborales anormales

DESCRIPCION DEL CONTENIDO DE TRABAJO

DE AMPLIO PERFIL

(Tareas Principales)

Ejecuta el cumplimiento de los instructivos técnicos y cartas tecnológicas y los tratamientos que contenga el área

bajo su responsabilidad, participa en todo tipo de actividades agrotécnicas y zootécnicas, en atenciones culturales a los cultivos y actividades pecuarias en la crianza de animales, realiza trabajos que se indique por el personal técnico al que está subordinado en las distintas parcelas experimentales, brinda la atención fitosanitaria o veterinaria, garantiza el correcto funcionamiento de los equipos e instrumentos de medición y de trabajo, aplica nuevas tecnologías que se introduzcan y ejecuta otras funciones afines, según se requieran en los proyectos de investigación.

REQUISITOS DE CONOCIMIENTOS

Haber pasado curso de habilitación o período de adiestramiento en la actividad que le permita ejecutar las tareas del contenido de trabajo con la productividad, eficiencia y calidad requerida.

Tener los conocimientos y calificación necesaria para el desempeño del trabajo, dominar las distintas tecnologías de producción y sus correspondientes actividades laborales, de los cultivos o crianza de animales.

Demostrar idoneidad en la ejecución del trabajo realizado.

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