Resolución 4/2007
La Resolución No. 4/2007 de la Aduana General de la República regula la importación sin carácter comercial de ciertos productos. Establece un listado de productos cuya importación se prohíbe y faculta al Ministro-Presidente para actualizarlo.
- Se prohíbe la importación sin carácter comercial de ciertos productos.
- El listado de productos prohibidos puede ser actualizado.
- La Disposición Final Primera del Decreto-Ley No. 22 faculta al Ministro-Presidente para establecer el listado.
- La Dirección General de Aduanas está subordinada al Comité Estatal de Finanzas.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 4/2007
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POR CUANTO: La Disposición Final Primera del Decreto-Ley No. 22, Arancel de Aduanas de la República de Cuba para las importaciones sin carácter comercial, de 16 de abril de 1979, faculta al Ministro-Presidente del entonces Comité Estatal de Finanzas, organismo al que se encontraba subordinada la Dirección General de Aduanas, para establecer el Listado de Productos cuya importación sin carácter comercial se prohíbe, listado éste que podrá ser variado en las oportunidades que se estime pertinente.
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POR CUANTO: La Disposición Especial Cuarta del