Resolución 4
La Resolución No. 4 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula el receso laboral en viernes santo. Establece que el día 19 de abril de 2019 se aplicará lo dispuesto para el viernes santo. La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, Margarita M. González Fernández, emite esta resolución en virtud de las facultades conferidas en la Constitución de la República de Cuba.
- El viernes santo es un día de receso laboral con pago del salario (artículo 100 de la Ley 116).
- El receso laboral se aplicará el 19 de abril de 2019.
- La resolución se emite en virtud de las facultades conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba.
- La resolución debe publicarse en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
GOC-2019-261-EX4 RESOLUCIÓN No. 4/2019 Por CUAnto: La Ley no. 116, “Código de trabajo”, de 20 de diciembre de 2013,en su artículo 100 declara el “viernes santo” día de receso laboral con pago del salario.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :ÚNICO: Disponer que el día 19 de abril corresponde aplicar lo establecido para el viernes santo de 2019.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la presente en el protocolo de resoluciones generales de la Dirección Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
DADA en La Habana, a los 25 días del mes de febrero de 2019.Margarita M. González Fernández Ministra de Trabajo y Seguridad Social