Resolución 4/2022
La Resolución 4/2022 del Ministerio del Interior regula la declaración administrativa de abandono del yate 'Alas de mi Alma' de nacionalidad canadiense. La norma se emite en virtud de la Ley 115/2013 de Navegación Marítima y su reglamento, Decreto 317/2013.
- Se declara el abandono administrativo del yate 'Alas de mi Alma', de 8.70 metros de eslora y 4.50 metros de manga.
- El yate, propiedad de Georg Meinhard Dzuba, ingresa al patrimonio del Estado cubano.
- Se asigna el yate a la Dirección de Tropas Guardafronteras.
- El jefe de esta dirección debe realizar trámites contables en 60 días.
- La resolución surte efecto a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de Cuba.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 4/2022
POR CUANTO: La Ley 115, “Ley de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre”,de fecha 6 de julio de 2013, dispone que la Autoridad Marítima Nacional la ostenta el Estado cubano al amparo de sus derechos soberanos, con el fin de garantizar los interesesnacionales en el ámbito marítimo, y que el ejercicio de esta potestad se ejecuta a través delos ministros del Transporte y del Interior, conforme a las funciones que le vienen asig-nadas en esta Ley y enuncia las causales que justifican la declaración de Abandono de losbuques, embarcaciones y artefactos navales extranjeros.
POR CUANTO: El Decreto 317, “Reglamento de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre”, de fecha 2 de octubre de 2013, en su
Artículo 40.1 y 2 regula que el Ministeriodel Interior dispone la procedencia de la Declaración Administrativa de Abandono de lasembarcaciones no comerciales, dicta la Resolución Administrativa y emite las comunica-ciones necesarias a los efectos de la notificación a los interesados.
POR CUANTO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.1 y 38 de lasprecitadas normas, Ley 115/2013 y su Reglamento, el Decreto 317/2013, respectivamen-te; la Capitanía de Puerto de Antilla, habilitó el Expediente de Abandono No. 1/2021, delyate “Alas de mi Alma”, de nacionalidad canadiense, que se encuentra inoperante en la Unidad Empresarial de Base Marina Gaviota Oriente desde el 4 de abril de 2019, fuera deoperaciones náuticas y sin dotación mínima de seguridad, demostrándose el desinterés desu propietario por continuar explotándolo, al no presentarse por sí o mediante apoderadoo representante legal, tras ser notificado por las autoridades cubanas para eliminar a sucosta la causal de abandono en la que se encuentra, concurriendo así la causal descrita enel inciso d), del
Artículo 20 de la Ley 115/2013.
POR CUANTO: Se ha valorado el Expediente de Abandono No. 1/2021, habilitadopor la Capitanía de Puerto de Antilla y demostrado que el estado técnico del yate “Alasde mi Alma”, garantiza la seguridad de la navegación y la vida humana en el mar, lo queposibilita su empleo.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades conferidas en el inciso d) del
Artículo 145,de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Proceder a la Declaración Administrativa de Abandono del yate “Alasde mi Alma” de nacionalidad canadiense, Puerto de matrícula Nova Escotia, con No. deregistro NS4631937, posee una eslora de 8.70 metros, manga 4.50 metros y calado 1.80 metros, el material del casco es de fibra de vidrio, de color blanco, cuenta con dos (2)motores estacionarios marca Volvo Penta de 170 HP cada uno, cuyo propietario es el ciu-dadano canadiense Georg Meinhard Dzuba; además, se dispone su ingreso al patrimoniodel Estado cubano.
SEGUNDO: Asignar a la Dirección de Tropas Guardafronteras, el yate “Alas de mi Alma”, y sus dos (2) motores estacionarios marca Volvo Penta de 170 HP cada uno, comodestino final.
TERCERO: Facultar al Jefe de Dirección de Tropas Guardafronteras del Ministeriodel Interior, a proceder a los trámites contables de rigor que correspondan, con vistasa incorporar a sus activos fijos tangibles los bienes asignados mediante la presente Re-solución, en un plazo de sesenta (60) días contados a partir de la entrada en vigor de lapresente Resolución.
CUARTO: La presente Resolución comienza a surtir efecto a partir de su publicaciónen la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
COMUNÍQUESE al Viceministro del Interior, al Jefe de la Dirección de Tropas Guar-dafronteras, al Director de Marinas Gaviota S.A, y demás personas naturales y jurídicasque corresponda.
DESE CUENTA a la Embajada de Canadá en La Habana, por conducto del Ministeriode Relaciones Exteriores de la República de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la presente Resolución en la Dirección Jurídica del Minis-terio del Interior.
DADA en el Ministerio del Interior, La Habana, a los 28 días del mes de febrero de 2022,“Año 64 de la Revolución”.
Ministro del Interior
General de División
Lázaro Alberto Álvarez Casas