Resolución 4/2024
La Resolución 4/2024 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social modifica el Anexo II de la Resolución 21/2023, que regula el pago adicional por condiciones especiales de trabajo para personal de enfermería, psicólogos, tecnólogos, farmacéuticos y técnicos de la salud en servicios de mayor demanda asistencial.
- Se incorpora el Servicio de Medicina Interna al Anexo II de la Resolución 21/2023.
- El pago adicional se aplica a partir de los salarios del mes de enero de 2024.
- Se establecen tres grupos de condiciones especiales de trabajo con diferentes niveles de exigencia.
- El Anexo II incluye servicios como salas de oncología, neurocirugía, cuidados intensivos y servicios de urgencias.
- Los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior deben aprobar disposiciones normativas para aplicar a militares y trabajadores civiles.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 4/2024
POR CUANTO: Por Acuerdo 8332 del Consejo de Ministros, de 23 de marzo de 2018, se establece que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es el organismo de la Administración Central del Estado encargado de proponer, dirigir y controlar la política del Estado y el Gobierno en materia de trabajo, seguridad y salud en el trabajo, seguridad social y prevención, asistencia y trabajo social.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 21, de 29 de diciembre de 2023, dictada por quien suscribe, se aprobaron medidas salariales que estimulan la permanencia de los trabajadores que laboran en el sector del sistema presupuestado del Sistema Nacional de Salud, incluido el pago adicional por condiciones especiales de trabajo al personal de enfermería, psicólogos, tecnólogos, farmacéuticos y técnicos de la salud que laboran en servicios de mayor demanda asistencial y exigen un nivel de responsabilidad superior, o donde las características de la patología a atender requieren un esfuerzo físico o psíquico superior al normal, relacionándose en su Anexo II las instituciones, servicios y actividades por gru-po de condiciones especiales de trabajo, el que es necesario modificar para incorporar el Servicio de Medicina Interna y disponer que dicho pago se aplique a partir de los salarios del mes de enero.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en los artículos 100 y 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVOÚNICO: Modificar el Anexo II de la Resolución 21, de 29 de diciembre de 2023,dictada por quien resuelve, el que queda redactado como se establece en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente.
DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, teniendo en cuenta las características propias de dichas instituciones, aprueban las disposiciones normativas que correspondan aplicar a los militares y trabajadores civiles a partir de lo establecido en la presente Resolución.
SEGUNDA: Lo dispuesto en la presente Resolución se hace efectivo a partir del pago de los salarios del mes de enero de 2024. DESE CUENTA a los ministros de Salud Pública, de Energía y Minas, de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, así como al presidente del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación. COMUNÍQUESE a los gobernadores, intendentes; a los secretarios generales de los sindicatos nacionales de trabajadores de la Salud, la Educación, la Ciencia y el Deporte, Energía y Minas, Civiles de la Defensa, y a cuantas personas deben conocerla, a los efectos del cumplimiento de lo que por la presente se establece.
ARCHÍVESE el original de esta Resolución en el protocolo de resoluciones generales que obra en la Dirección Jurídica y Relaciones Internacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 29 días del mes de febrero de 2024.Marta Elena Feitó Cabrera Ministra ANEXO ÚNICO “ANEXO II de la Resolución 21/2023 PAGO ADICIONAL POR CONDICIONES ESPECIALES DE TRABAJO AL PERSONAL DE ENFERMERÍA, PSICÓLOGOS, TECNÓLOGOS, FARMACÉUTICOS Y TÉCNICOS DE LA SALUD QUE LABORAN EN SERVICIOS DE MAYOR DEMANDA ASISTENCIAL Y EXIGEN UN NIVEL DE RESPONSABILIDAD SUPERIOR, O DONDE LAS CARACTERÍSTICAS DE LA PATOLOGÍA A ATENDER REQUIEREN UN ESFUERZO FÍSICO O PSÍQUICO SUPERIOR AL NORMAL Instituciones, servicios y actividades por grupo de condiciones especiales de trabajo Grupo I1. Casas de abuelos 2. Hogares maternos 3. Salas de rehabilitación en policlínicos 4. Departamentos de medios diagnósticos en la atención primaria de salud 5. Servicios de urgencias en policlínicos 6. Consultorios médicos de la familia y grupos básicos de trabajo 7. Consultas multidisciplinarias 8. Servicios de medicina natural y tradicional, servicios farmacéuticos, salud mental, genética, fecundidad y reproducción asistida
. Departamentos de laboratorios clínicos, hematología, microbiología, virología y otros de diagnóstico en hospitales y unidades municipales, y centros municipales de higiene y epidemiologia y microbiología Grupo II1. Hogares de ancianos 2. Salas de neurocirugía 3. Salas de oncología, servicio de quimioterapia y radioterapia 4. Salas de angiología 5. Salas de neonatología 6. Salas de cuidados intermedios, que incluye los servicios de cuidados especiales en ICTUS, coronarios, sangrado, trauma y trasplante 7. Sala de penados 8. Sala de quemados, incluye cirugía reconstructiva 9. Servicio de Medicina Interna 10. Centros médicos psicopedagógicos 11. Salas de ginecología y obstetricia 12. Sala de geriatría 13. Salas de psiquiatría de adultos e infantil 14. Salas de cirugía Grupo II15. Departamento de medios de diagnósticos y otros servicios de rehabilitación, pruebas especiales en hospitales provinciales y entidades provinciales, y direcciones provinciales de higiene y epidemiologia y microbiología 16. Consultas multidisciplinarias en hospitales provinciales, y otras entidades provinciales 17. Sala de cuidados perinatales y neonatología 18. Servicios de trasplante de órganos, tejidos y plasmaféresis 19. Funciones con el médico de la familia en la zona del Plan Turquino, comunidades vulnerables, de difícil acceso, zonas rurales y los que se movilizan hacia otras provincias 20. Prisiones, centros de reeducación, unidades de la Policía Nacional Revolucionaria y otras con características similares 21. Salas de pediatría 22. Salas de ortopedia y traumatología 23. Departamentos de laboratorios clínicos, hematología, microbiología, virología y otros de diagnósticos en hospitales provinciales 24. Centros provinciales de genética médica de fecundidad y reproducción asistida 25. Áreas intensivas municipales 26. Servicios de urgencias en hospitales municipales y terapias intermedias 27. Servicio de psiquiatría forense, salas de hospitalización en prisiones 28. Servicio de intervención en crisis, adicciones, medicina legal y anatomía patológica 29. Genética médica y centros de referencias de fecundidad y reproducción asistida provinciales 30. Servicios de medicina natural tradicional, rehabilitación, servicios farmacéuticos, salud mental en hospitales y entidades provinciales
. Servicios medios de diagnósticos y pruebas especiales en hospitales provinciales 32. Consultas multidisciplinarias en entidades provinciales y hospitales provinciales 33. Atención a pacientes VIH SIDA 34. Laboratorio antidoping 35. Laboratorio de biología molecular 36. Laboratorios SUMA 37. Hospital Dermatológico Guillermo Fernández Hernández-Vaquero Grupo III1. Salones de operaciones, pre y pos operatorio 2. Salones de preparto, parto, legrados y cesáreas 3. Servicios de diálisis y hemodiálisis 4. Unidades de cuidados intensivos de todos los perfiles, que incluye polivalentes deadultos y pediátricas, cardiovasculares, coronarias, ICTUS, y monovalentes como quemados, neonatales, perinatología, trauma, trasplantes 5. Hospital Psiquiátrico de La Habana Dr. Bernabé Ordaz 6. Sala de cuidados intensivos de todos los perfiles y de emergencias médicas móvilesy cuerpos de guardias en hospitales provinciales e institutos, hospitales nacionales y clínicas de subordinación nacional 7. Servicios de psiquiatría forense, salas de penados, salas de hospitalización en prisiones, servicios de intervención en crisis, adicciones, medicina legal y anatomía patológica, genética médica, centros de referencias de fecundidad y reproducción asistida nacionales 8. Servicios medicina natural tradicional, rehabilitación, servicios farmacéuticos, salud mental en institutos y hospitales nacionales 9. Servicios medios de diagnósticos y otros servicios de rehabilitación y pruebas especiales (institutos y centros de investigación y hospitales nacionales) 10. Consultas multidisciplinarias en institutos y hospitales nacionales 11. Servicios de infecciosos 12. Laboratorios de biología molecular y otros de referencia nacional 13. Laboratorios del Instituto de Medicina Tropical Pedro Kouri (IPK) y BSL-3”