Resolución 401

Sobre el tratamiento financiero y de precios aplicables a la Fundación de la Universidad de La Habana

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
2020-12-23
Publicada en
Gaceta No. 91 Ordinaria de 2020 (2020-12-30)
Páginas
13
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La Resolución No. 401 regula el tratamiento financiero y de precios aplicable a la Fundación de la Universidad de La Habana. Fue emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios con el objetivo de implementar lo dispuesto en el Decreto 23 de 2020.

Texto íntegro

GOC-2020-946-O91 RESOLUCIÓN No. 401/2020

POR CUANTO: El Decreto 300 “Facultades para la aprobación de precios y tarifas”, de 11 de octubre de 2012, establece en su Disposición Especial Segunda que, los precios y tarifas de los productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único, se aprueban por el Ministro de Finanzas y Precios o por quien este delegue.

POR CUANTO: El Decreto 23, de 20 de noviembre de 2020, establece lo relativo a la Fundación de la Universidad de La Habana, en lo adelante Fundación, como interfaceentre la universidad con entidades de Ciencia, Tecnología e Innovación, entidades productivas y de servicios, y otras instituciones; y en su Disposición Final Segunda faculta al Ministro de Finanzas y Precios a dictar en el ámbito de su competencia, las disposiciones necesarias para su mejor cumplimiento; por lo que resulta necesario regular el tratamiento financiero, tributario y de precios aplicables a la Fundación.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba:RESUELVOPRIMERO: Facultar al Presidente del Consejo de Gobierno de la Fundación, a establecer los precios y tarifas, para la comercialización de productos, tecnologías, servicios y otros activos, por acuerdo entre las partes.

SEGUNDO: Corresponde al Presidente del Consejo de Gobierno de la Fundación, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 inciso c) del mencionado Decreto 23, solicitar al Ministro de Finanzas y Precios la exención del pago de los aranceles de aduana, por la importación de equipamiento, suministros, materias primas, materiales consumibles y otros necesarios para la ejecución de sus actividades.

DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Corresponde al Ministerio de Educación Superior el control del cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución, a través de verificaciones presupuestarias, así como incorporar la información del uso de los recursos del Presupuesto asignado a la Fundación al informe de ejecución presupuestaria.

SEGUNDA: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 23 días del mes de diciembre de 2020.Meisi Bolaños Weiss Ministra de Finanzas y Precios