Resolución 39/02

Sobre pagos adicionales a personal docente

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 55 Ordinaria de 2002 (2002-10-29)
Páginas
16
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La Resolución No. 39/02 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social regula los pagos adicionales para el personal docente en Escuelas Formadoras Emergentes de Maestros Primarios, Trabajadores Sociales, Enfermería y la Universidad de las Ciencias Informáticas. Fue emitida por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 39/02

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POR CUANTO: Mediante el Acuerdo adoptado por el Consejo de Estado el 22 de octubre de 1999, quien resuelve fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

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POR CUANTO: El acuerdo número 4085 de fecha 2 de julio del 2001, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en su Apartado Segundo, numeral 1, faculta al que resuelve para proponer, aprobar y controlar el perfeccionamiento de la política salarial del país.

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POR CUANTO: La Dirección del Gobierno reconoce la necesidad de elevar el nivel de ingreso del personal docente que labora en las Escuelas Formadoras Emergentes de Maestros Primarios, de Trabajadores Sociales, de Enfermería y de la Universidad de las Ciencias Informáticas.

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POR CUANTO: En correspondencia con lo expuesto en el POR CUANTO precedente, resulta apropiado dictar las regulaciones que contribuyan a materializar el reconocimiento expresado.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas.

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Aprobar un pago adicional de $100.00 mensuales a los profesores que imparten docencia en los programas de los Planes Especiales, que laboran en las Escuelas de: Formación Emergente de Enfermería, Formación Emergente de Maestros Primarios, Formación Emergente de Profesores Integrales de Secundaria Básica, Formación de Trabajadores Sociales, Formación Emergente de Maestros Primarios de Computación y Formación de Informáticos en la Universidad de las Ciencias Informáticas.

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SEGUNDO: Aprobar un estipendio de $50.00 mensuales a los estudiantes que imparten docencia, en las Escuelas consignadas en el apartado PRIMERO.

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TERCERO: Aprobar un pago adicional de $100.00 mensuales a los trabajadores que desempeñen los cargos de Bibliotecario Escolar y de Instructor Educativo, en las Escuelas mencionadas en el apartado PRIMERO.

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CUARTO: A los profesores que se designen para ocupar cargos de Dirección en las Escuelas de Formación de Trabajadores Sociales se les aprueba el pago adicional siguiente:

| CARGOMENSUAL | EQUIVALENCIA | CUANTIA | | - | - | - | | Director General | Vicerrector | $ 80.00 | | Director Docente | Decano | 75.00 | | Directorde Actividades | Decano | 75.00 | | Director de Unidad | Decano | 75.00 | | Direcciónde Recursos Humanos | Director | 75.00 | | Subdirector Docente Educativo | Vicedecano | 70.00 | | Subdirectorde Internado | Vicedecano | 70.00 | | Departamentode Información | Jefede Departamento | | Científico -Técnica | Docente | 70.00 | | Jefe Colectivode Asignatura | Jefe Dpto. Docente | 65.00 |

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QUINTO: Aprobar un pago adicional de $20.00 pesos mensuales a los trabajadores de apoyo a la docencia en las escuelas consignadas en el apartado PRIMERO.

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SEXTO: Se deroga la Resolución 2 del 11 de marzo de 2002 de este Ministerio.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

Dada en la Ciudad de La Habana, a los 7 días del mes de octubre del 2002.

Alfredo Morales Cartaya

Ministro de Trabajo

y Seguridad Social

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