Resolución 410
El Consejo de Estado de la República de Cuba acredita a un embajador ante el Gobierno de Armenia. La Resolución, emitida por el Consejo de Estado, dispone la acreditación de un embajador concurrente.
- Se acredita a Emilio Pevida Pupo como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario ante el Gobierno de Kazajstán y concurrente ante el Gobierno de Armenia.
- El artículo 90, inciso j) de la Constitución otorga la atribución al Consejo de Estado.
- El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de la Resolución.
- La Resolución debe publicarse en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le estánconferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución, ha adoptado el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Disponer que EMILIO PEVIDA PUPO, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante el Gobierno de la República de Kazajstán,se acredite también, como concurrente, ante el Gobierno de la República de Armenia.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimientode lo dispuesto en el presente Acuerdo.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a 1 ro. de octubre de 2018.
Miguel Díaz-Canel Bermúdez
Presidente del Consejo de Estado
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