Resolución 302/2010

Otorgar el Reconocimiento "Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)" a la Escuela de Hotelería y Turismo "Olando Fernández Montes de Oca"

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
2010-07-29
Publicada en
Gaceta No. 33 Ordinaria de 2010 (2010-08-13)
Páginas
9–13
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La Resolución No. 302/2010 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente regula el otorgamiento del Reconocimiento 'Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)' a entidades que no utilizan estas sustancias. El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente emite esta resolución en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena y del Protocolo de Montreal.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 302/2010

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado

ncia, Tecnología y Medio Ambi

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia,

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- trolar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y ntrolar las estrategias, planes y programas para la protecn del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, cnología y Medio Ambiente, en representación del

- tado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia medio ambiente y como parte del Convenio de Viena ra la protección de la Capa de rzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agot

ras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su

artado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio

luye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

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rofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cummiento de los compromisos

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- Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Santiago de Cuba, en corresp

- cedimientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” a la Escuela de Hotelería y Turismo “O

- rlando Fernández Montes de Oca”, en la provincia de Santiago de Cuba. Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Director de la Escuela de Hotelería y Tu

a provincia de Santiago de Cuba.

Comuníquese al Director de Medio Ambiente de este Ministerio. Archívese en el Protocolo de Resoluciones de

n Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y edio Ambiente. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Minisio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 29 s del mes

Dr. José M. Miyar Barrueco Ministro de Ciencia, Tecnología

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de ha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado inistro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de nov

1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, n número para control administrativo 2817 establece que jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y mpetencia, están facultados para dictar resoluciones y as disposiciones de obligatorio cump

ganismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002

artado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo

cargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y con

desarrollar, perfec

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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio

de Ozono, de fec

- 85, y del P ocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las en

- tidades, a qu tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de

fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgad rio, qu

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o de la Industria Básica, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protoc

entidad menc

- POR CUA O: La ionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluoro

- carbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente e Ciudad de L

- n a Habana, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

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Archívese en el Protocolo de Resolucione ción Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Medio Ambiente

en la Gaceta Oficial de la Repúbl

- io de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 29 días del mes de julio de 2010.Dr. José M. Miyar Barru

- Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente ________________RESOLUCION No. 304/2010

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Mi

- nistro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con nú

- mero para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus re

- dio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a qu

- las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Empresa de Cemento José Mercerón, en la provincia de Santiago d

- inisterio de la Industria Básica, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la docum

- n que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Mi

o de Cuba, en corre ecidos en la legisla

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :UNICO: Otorga

fluorocarbonos (CFC)” a la Empresa de Cemento José Mercerón, en la provincia de Santiago de Cuba. Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Direct

or General de la Empresa de Cemento José Mercerón, en la provincia de Santiago de

Cuba. Comuníquese al Director de Medio Ambiente de este Ministerio.

Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la

n Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La H

abana, en la sede del Mini ía y Medio Ambiente, a los 2

g 9 010.

osé M. Miyar Barru

Dr. JMinistro de Ciencia, T

- ecnología y Medio Ambiente ________________

- RESOLUCION No. 305/2010

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control

- jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y pro

- poner, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 19

- 85, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos

- el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Empresa del Níquel Comandante Ernesto Che Guevara, en la provincia de Holguín, perteneciente Grupo Empresarial del Níquel del Ministerio de la Industria Básica, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta,

- ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación

- rritorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Holguí

en la legislación vigen

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

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UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” a la Empresa del Níquel Comandante Ernesto Che Guevara, en la provincia de Holguín. Notifíq

Ozono y por intermedio de este, al Director General de la Empresa del

provincia de Holguín. Comuníquese al Director de Medio Ambiente de este Ministerio.

Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la

n Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Publíquese en la Gaceta Ofic

La Habana, en la sede del Mini

gía y Medio Ambiente, a los 29

Dr. José M.

Ministro de Ciencia, T

- y Medio Ambiente ________________

- RESOLUCION No. 306/2010

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organism

- os, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo

- organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así c

- ntrolar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de esti-

- lar a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Ap

- artado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Empresa Molinera de Cárdenas de Ramón Martell Medina, en la provincia de Matanzas y perteneciente al Ministerio de la Industria Alimenticia, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los pro

- ductos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido erificada y certificada por la Deleg

- v ación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Mat

as, en correspondenci s en la legislación v

entos establecido igente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” a la Empresa Molinera de Cárdenas de Ramón Martell M

Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y

Molinera de Cárdenas de Ramón Martell Medina, en la provincia de Matanzas. Comuníquese al

inisterio.

Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Oficial de la República.

La Habana, en la sede del MinisMedio Ambiente, a

de 2010.

Dr. José M. Miyar BMinistro de Ciencia, T

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

-

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

-

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

-

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003,

- fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: El Hotel Oasis Brisas Santa Lucía, en

- provincia de Camagüey, perteneciente al Ministerio de Turismo, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la do

- n requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Delegación Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Camagüey, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

-

R e s u e l v o :UNICO: Otorgar el

)” al Hotel Oasis B

la provincia de Camagüey. Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Director G

inisterio. Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en io de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 29 días del mes de julio de 2010.

Ministro de Ciencia, Tecnología

y Medio Ambiente ________________RESOLUCION N

cuerdo del Consejo de Estado d

09, quien resuelve fue designado

y Medio Ambiente.

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Comité Ejecutivo del Consejo

- n número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resolucio

- as disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y

- cargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado Cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de O

- 85, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vistas a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”.

POR CUANTO: La Empr

- IA S.A., en la provincia de Ciudad de La Habana, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, así como en los productos o servicios que oferta, no ha utilizado clorofluorocarbonos, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Pro

-

POR CUANTO: La entidad mencionada ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)”, documenta- Territorial del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Ciudad de La Habana, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

POR TANTO: En e

- tán conferidas,

R e s u e l v o :UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Clorofluorocarbonos (CFC)” a la Empresa Mixta SUCHEL PROQUIMIA S.A., en la provincia de Ciudad de La Habana. Notifíquese la presente al Director de la Oficina Técnica de Ozono y por intermedio de este, al Director General de la Em

- presa Mixta SUCHEL PROQUIMIA S.A., en la provincia de Ciudad de L Habana. Comuníquese

Archívese en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 29 días del mes de julio de 2

Dr. José M. Miyar Barrueco

y Medio Ambiente ________________