Resolución 428
La Resolución No. 428 regula la extinción de una concesión de explotación minera otorgada a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 25, Villa Clara. La Ministra de la Industria Básica, Yadira García Vera, emite esta resolución en virtud de la Ley No. 76, Ley de Minas.
- Se extingue la concesión de explotación otorgada mediante Resolución No. 137 de 5 de mayo de 2004.
- El terreno queda franco para nuevas solicitudes de actividades mineras.
- La empresa debe cumplir obligaciones pendientes, incluyendo las tributarias y ambientales.
- La empresa debe realizar indemnizaciones por daños o perjuicios causados.
- Se deroga la Resolución No. 137 de 5 de mayo de 2004.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 428
-
POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece la política minera y las regulaciones jurídicas de dicha actividad en la República de Cuba, de conformidad con lo cual le corresponde al Ministro de la Industria Básica disponer la extinción de las concesiones mineras que hubiera otorgado.
-
POR CUANTO: Ha vencido el término para el cual fue otorgada la concesión de explotación a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 25, Villa Clara, mediante la Resolución No. 137 de 5 de mayo de 2004 del Ministro de la Industria Básica, para la realización de trabajos mineros en el área del yacimiento Loma de Triana.
-
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de octubre de 2004 fue designada la que resuelve Ministra de la Industria Básica.
-
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Disponer la extinción de la concesión de explotación otorgada mediante la Resolución No. 137 de 5 de mayo de 2004, del Ministro de la Industria Básica, a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 25, Villa Clara, para la realización de trabajos mineros en el área del yacimiento Loma de Triana.
-
SEGUNDO: Declarar franco el terreno que abarcaba la concesión de explotación, el que podrá ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
-
TERCERO: La Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 25, Villa Clara, está en la obligación de cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada la concesión de explotación si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente, así como a realizar las indemnizaciones por los daños o perjuicios a que haya dado lugar por las actividades mineras realizadas.
-
CUARTO: Se deroga la Resolución No. 137 de 5 de mayo de 2004, del Ministro de la Industria Básica, que otorgó la concesión de explotación a la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 25, Villa Clara, para la realización de trabajos mineros en el área del yacimiento Loma de Triana.
NOTIFIQUESE a la Directora de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director de la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 25, Villa Clara.
COMUNIQUESE a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 30 días del mes de diciembre del 2005.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
________________