Resolución 13/2009
La Resolución No. 13/2009 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aprueba el calificador de cargos técnicos propios del Ministerio para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica. Este calificador clasifica y describe los cargos técnicos dentro de este Ministerio. La norma es emitida por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
- Se aprueba el calificador de cargos técnicos propios del Ministerio para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica.
- El calificador incluye cargos como Técnico en Asistencia Técnica, Especialista en Trámites y Tráfico Internacional y Especialista en Inversión Extranjera, entre otros.
- Los cargos se clasifican en grupos de complejidad (VIII, X, XI, XII, XIII).
- Las denominaciones y descripciones de los cargos no pueden ser modificadas sin la aprobación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- Se deroga la Resolución No. 104 de 25 de enero de 2006 que aprobó el calificador anterior.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 13/2009
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, el que suscribe fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, establece entre las atribuciones de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.
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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de 2 de julio de 2001, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar, sistemáticamente, la Política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, de seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 104 de 25 de enero de 2006 del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se aprobó el calificador de cargos técnicos propios del Ministerio para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica, cuya vigencia se extendió hasta el 31 de diciembre de 2008 mediante la Resolución No. 91 de 24 de diciembre de 2007 del que suscribe.
POR CUANTO: El Ministerio para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica ha solicitado la aprobación del nuevo calificador de cargos técnicos propios, el que ha sido revisado con la participación del Sindicato Nacional correspondiente, por lo que una vez evaluada la propuesta presentada, es procedente su aprobación.
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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Aprobar el calificador de cargos técnicos propios del Ministerio para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica, cuyos cargos, contenido de trabajo, grupos de escala de complejidad y requisitos de conocimientos aparecen en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
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SEGUNDO: Las denominaciones, descripciones del contenido de trabajo, los requisitos de conocimientos y los grupos de escala de complejidad que aparecen en el presente calificador, no pueden ser modificados en forma alguna sin la aprobación de este Ministerio.
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TERCERO: Las funciones descritas en los contenidos de trabajo de cada cargo, son una guía para que la administración refleje, en el contrato de trabajo, o en el documento de designación en el caso de los funcionarios, las funciones o tareas específicas y con el nivel de detalle necesario para la organización y división del trabajo establecida en la entidad laboral de que se trate.
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CUARTO: La descripción de las funciones o tareas principales, que integran el calificador que por la presente se aprueba, obra archivada en la Dirección de Organización del Trabajo de este Ministerio.
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QUINTO: Se deroga la Resolución No. 104 de 25 de enero de 2006 del que suscribe, que aprobó el calificador de cargos técnicos propios del Ministerio para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica
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SEXTO: Se faculta al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicación de lo que por la presente resolución se dispone, así como para modificar, de resultar necesario, la denominación, descripción de las funciones y requisitos de los cargos, a solicitud del jefe del Organismo y el Sindicato Nacional correspondiente y archívese el original en el protocolo de la Dirección Jurídica de este Ministerio.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en La Habana, a los 11 días del mes de febrero de 2009.
Alfredo Morales Cartaya
Ministro de Trabajo
y Seguridad Social
RELACION DE CARGOS TECNICOS POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD
GRUPO VIII
Técnico en Asistencia Técnica
Técnico en Colaboración
Técnico Comercial para la actividad de Donativos
Técnico en Evaluación y Autorización de Donativos
Técnico en Logística de Donativos y Proyectos
Técnico en Precios de Donativos
Técnico en Trámites y Tráfico Internacional
GRUPO X
Especialista en Trámites y Tráfico Internacional
GRUPO XI
Especialista en Precios de Donativos
GRUPO XII
Especialista “B” en Colaboración
Especialista Comercial para la actividad de Donativos
Especialista Empresarial en Asistencia Técnica
Especialista en Evaluación y Autorización de Donativos
Especialista en Logística de Donativos y Proyectos
Especialista Territorial en Inversión Extranjera
GRUPO XIII
Especialista en Asistencia Técnica
Especialista “A” en Colaboración
Especialista en Inversión Extranjera
Supervisor de Inversión Extranjera y Colaboración Económica
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