Resolución 116
La Resolución No. 116 del Ministerio de la Industria Básica regula la entrega de información en exploración y explotación de hidrocarburos en Cuba. Establece las obligaciones de las empresas cubanas y extranjeras que realizan actividades de exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos en el territorio nacional, en su mar territorial y en la zona económica exclusiva. La Oficina Nacional de Recursos Minerales es la entidad responsable de recibir, organizar y conservar esta información.
- Todas las empresas cubanas o extranjeras que realicen actividades de exploración y explotación de hidrocarburos deben entregar información a la Oficina Nacional de Recursos Minerales.
- La información debe ser entregada en idioma español, en formato papel y digital, incluyendo disquetes, cartridge o CD-Rom.
- Los ejecutores de trabajos de exploración deben entregar informes finales de exploración sísmica, gravimétrica y geología de superficie en un plazo de 6 meses.
- Durante la fase de desarrollo y explotación, las empresas deben entregar el Proyecto o Plan de Desarrollo del Campo o Yacimiento 30 días después de aprobada la Declaratoria de Comercialidad.
- La información declarada confidencial por los contratistas mantendrá ese carácter hasta el cumplimiento de lo acordado en los contratos.
- Las compañías extranjeras que en calidad de contratistas realizan actividades de exploración y explotación de hidrocarburos están obligadas a entregar a Comercial CUPET S.A toda la información necesaria.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 116
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3985.del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, del 17 de abril del 2001, aprobó como funciones y atribuciones de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, entre otras, recibir, organizar, conservar y ser depositaria de la información petrolera del país; aprobar los cálculos de reservas minerales líquidos y gaseosos, controlando, registrando y manteniendo actualizado el inventario nacional de dichas reservas y revisar y aprobar los proyectos de explotación de los yacimientos y depósitos de los hidrocarburos líquidos y gaseosos.
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POR CUANTO: Resulta necesario regular el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la entrega de las informaciones obtenidas por las entidades cubanas o extranjeras en la ejecución de las actividades exploración y explotación de los hidrocarburos.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 14 de mayo de 1983, fue designado el que resuelve Ministro de la Industria Básica.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Disponer que todas las empresas cubanas o extranjeras que realicen actividades de exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos en el territorio nacional, en su mar territorial y en la zona económica exclusiva están obligadas a entregar para su análisis y conservación en la Oficina Nacional de Recursos Minerales toda la información que se establece y en los términos dispuestos en los Apartados siguientes.
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SEGUNDO: Los ejecutores de trabajos de exploración entregarán la siguiente información:
- a) El informe final de la exploración sísmica incluyendo copias reproducibles de los perfiles derivados de los registros corregidos y procesados a escala vertical y horizontal y el mapa estructural basado en las interpretaciones de las líneas sísmicas, en el término de 6 meses contados a partir de la culminación de los estudios sísmicos, de haberse realizado éstos;
- b) El informe final de la exploración gravimétrica con los mapas estructurales;
- c) El informe final de los trabajos de geología de superficie, de haberse realizado éstos en el término de 6 meses
- posteriores a partir de la fecha de conclusión de los mismos, incluyendo la interpretación de imágenes de satélite o fotogeología, los mapas geológicos, perfiles, correlaciones y el informe del sistema petrolero;
- d) El proyecto de perforación de los pozos, un mes antes del comienzo de su ejecución con los datos especificados en el Anexo A de la presente Resolución;
- e) El reporte diario de perforación de cada pozo que se perfora cualquiera que sea su categoría;
- f) El informe final de cada pozo incluyendo el ensayo, en el término de 60 días posteriores a su terminación conteniendo los datos que aparecen en el Anexo B de la presente Resolución;
- g) Un juego del complejo de los registros geofísicos del pozo, en escala general 1:1000 y en escala de detalle 1:200;
- h) El informe mensual sobre el Plan de Explotación de Prueba (experimental) de los pozos perforados y en producción;
- i) El informe mensual de las mediciones de producción de petróleo, gas y agua de los pozos perforados y en producción;
- j) El informe con los resultados del análisis de caracterización de los parámetros físico –químicos de los fluidos (petróleo, gas y agua) de cada uno de los pozos nuevos en condiciones de superficie;
- k) El informe con los resultados del análisis PVT de las muestras de petróleo y gas en condiciones de yacencia cada vez que se realicen;
- l) El informe sobre la interpretación y los resultados de las investigaciones hidrodinámicas iniciales y periódicas de los pozos cada vez que se realicen;
- m) El cálculo de las reservas en un plazo de 60 días posteriores a la terminación de los trabajos de exploración y evaluación de las áreas nuevas según se establece en las definiciones y normas de la Clasificación de Reservas vigente en el país.
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TERCERO: Durante la fase de desarrollo y explotación será de obligatorio cumplimiento la entrega de la información siguiente:
- a) El Proyecto o Plan de Desarrollo del Campo o Yacimiento 30 días después de aprobada la Declaratoria de Comercialidad, de acuerdo con las normas establecidas para la elaboración de este Plan en el Anexo E;
- b) El Plan de Desarrollo se subdividirá en Programas de Desarrollo Anual que se entregarán en el mes de diciembre del año que vence, para su cumplimiento en el año entrante.
- c) El informe anual de cumplimiento del Programa de Desarrollo de la etapa correspondiente, una vez concluida ésta, y la evaluación de los resultados donde se incluya el comportamiento productivo de los pozos en este período;
- d) El reporte mensual productivo, según el modelo de producción por pozos y yacimientos que aparece en el Anexo C de la presente Resolución;
- e) El informe anual de explotación, en el mes de enero del año siguiente avalado por un estudio de simulación o una evaluación técnica equivalente, que refleje la explotación del yacimiento según el modelo que aparece en el Anexo D de esta Resolución;
- f) La actualización de las reservas si se producen cambios en los parámetros y condiciones del cálculo, según se establece en las definiciones y normas de la Clasificación de Reservas;
- g) El Proyecto Piloto de Recuperación Secundaria o Mejorada (subdividido en etapas) del área del Campo o Yacimiento seleccionada para estas pruebas; y
- h) El informe con los resultados de las etapas de prueba vencidas según lo establecido en el proyecto de Recuperación Secundaria.
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CUARTO: Toda la información que se entregue a la Oficina Nacional de Recursos Minerales según los apartados Segundo y Tercero deberá ser entregada en idioma español en un ejemplar en formato papel y en formato digital. La información digital será entregada en disquetes de 31/2”, cartridge o en CD – Rom.
Cada soporte magnético deberá contener un fichero Readme que aclare y detalle el contenido del mismo.
Todos los mapas deberán ser entregados en bases no deformables (acetato o cartulina) y su versión digital.
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QUINTO: La entrega de la información a la Oficina Nacional de Recursos Minerales prevista en los Apartados Segundo y Tercero de la presente Resolución será responsabilidad de las empresas nacionales respecto a los yacimientos que operen y de la entidad Comercial CUPET S.A. la correspondiente los bloques contratados con compañías extranjeras.
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SEXTO: Las compañías extranjeras que en calidad de contratistas realizan actividades de exploración y explotación de hidrocarburos están obligadas a entregar a Comercial CUPET S.A toda la información necesaria con la calidad y en los plazos que le permita a esta última cumplir con lo dispuesto en el apartado anterior.
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SÉPTIMO: Toda información declarada confidencial por los contratistas, mantendrá ese carácter hasta el cumplimiento de lo acordado en los contratos.
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OCTAVO: A los que contravengan las disposiciones de la presente Resolución se le impondrán medidas administrativas, según proceda y de acuerdo a lo establecido en el sistema contravencional vigente para la actividad.
NOTIFIQUESE a la Oficina Nacional de Recursos Minerales y a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dado en Ciudad de La Habana, a los 23 días del mes de abril del 2003.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
OFICINA NACIONAL DE RECURSOS MINERALES
DIRECCION DE HIDROCARBUROS
Anexo A.
PROYECTO DE PERFORACION DE POZOS
I. Datos generales.
- Nombre del pozo.
- Categoría.
- Yacimiento.
- Campo.
- Bloque.
- Compañía de Perforación.
- Operador.
- Coordenadas proyectadas: X, Y, Z.
- Profundidad final proyectada.
- Fecha de inicio de la perforación.
- Fecha de terminación.
- Tiempo estimado de perforación.
- Tipo de equipo de perforación. Elevación de la mesa rotaria.
En caso de pozos inclinados. Añadir.
- Coordenadas del fondo del pozo.
- Profundidad proyectada por la vertical.
- Desplazamiento al fondo proyectado.
- Azimut proyectado.
II. Parte Geólogo – Geofísica.
- Premisas geológicas.
- Objetivos del pozo.
- Programa de corte de núcleo.
- Programa de pruebas de formación.
- Programa de registros geofísicos.
- Columna litológica.
III. Parte de Perforación.
- Tipo de perforación(vertical o de otro tipo).
- Programa de fluídos de perforación.
- Programa de las tuberías de revestimiento.
- Proyección de posibles dificultades durante la perforación.
- Cronograma de la ejecución de los trabajos.
IV. Supervisión.
- Contingencia del pozo.
- Programa de Mud Logging.
- Parámetros de perforación.
- Parámetros geológicos.
- Medición del desvío.
- Programa de núcleos.
- Programa de Registros Geofísicos.
- Terminación del pozo.
V. Parte Económica.
- Presupuesto del o de los pozos.
Este proyecto debe ser entregado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales con carácter obligatorio 30 días antes del comienzo de la perforación.
Debe reflejarse:
Elaborado por:
Nombre, Apellidos y Cargo: Fecha:
Aprobado por:
Nombre, Apellidos y Cargo: Fecha:
OFICINA NACIONAL DE RECURSOS MINERALES
DIRECCION DE HIDROCARBUROS
Anexo. B.
INFORME FINAL DE POZOS PERFORADOS
I. Datos generales.
- Nombre del pozo.
- Yacimiento
- Campo.
- Bloque.
- Compañía de Perforación.
- Operador.
- Número de la Licencia Ambiental otorgada por los Organismos Competentes.
- Coordenadas proyectadas y reales (Lambert y Geográficas).
- Profundidad proyectada y profundidad real.
- Fecha de inicio de la perforación.
- Fecha de terminación de la perforación.
- Tipo de Equipo de perforación. Elevación de la mesa rotaria.
En caso de pozos inclinados. Añadir:
- Profundidad proyectada por la vertical.
- Profundidad real por la vertical
- Desplazamiento al fondo proyectado.
- Desplazamiento Real
- Azimut proyectado.
- Azimut Real.
- Relación de Compañías de Servicio.
II. Parte Geólogo – Geofísica.
- Cumplimiento del objetivo del pozo
- Núcleos cortados (descripción, intervalos, % de recuperación).
- Manifestaciones.
- Registros de Hidrocarburos.
- Conclusiones Geoquímicas.
- Complejidades Geológicas.
- Descripción del Corte Geológico.
- Pruebas de Formación (intervalos, resultados).
- Zonas recomendadas para punzar.
- Programa de punzado.
III. Perforación.
- Construcción final del pozo.
- Consumo de barrenas.
- Consumo de camisas.
- Consumo de productos químicos.
- Resumen de averías y complejidades.
- Tipo y Parámetros del lodo.
IV. Informe de ensayo.
V. Conclusiones.
VI. Informe Económico.
Anexos.
- Ubicación del pozo.
- Columna estratigráfica.
- Correlaciones con otros pozos.
- Registros geofísicos.
El Contratista u Operador entregará además una colección de muestras de canal, representativas de cada formación de la sección sedimentaria atravesada por la perforación, así como de muestras de los núcleos recobrados (de haberse cortado).
Esta información debe ser entregada con carácter obligatorio antes de los sesenta días posteriores a la terminación de las investigaciones de ensayo.
Debe reflejarse:
Elaborador por: _____________________________
Nombre, apellidos y cargo
Fecha: _________________
Aprobado por: _____________________________
Nombre, apellidos y cargo
Fecha: _________________
OFICINA NACIONAL DE RECURSOS MINERALES
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ANEXO: C
INFORME MENSUAL.
MES: ________________ AÑO: ______________
PRODUCCION DE POZOS POR YACIMIENTOS
YACIMIENTO: ________________________________
| Pozo | Tipo | Met. | Operador | Fluido(m 3) | Petróleo(m 3) | Gas(m 3) | Agua(m 3) | RGP(m 3/ m 3) | BSW% | Densidad(g/cm 3) | Horas Trabaj. | Horas Planif. | Prom.Qf(m 3/d) | Prom.Qp(m 3/d) | Prom.Qg(m 3/d) | Prom.Agua(m 3/d) | Coef.Explot. | | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | | | | | | | | | | Totales por tipo | No. Pozos | Fluido(m 3) | Petróleo(m 3) | Gas(m 3) | Agua(m 3) | RGP(m 3/m 3) | BSW% | Densidad(g/cm 3) | Horas Trabaj. | Horas Planif. | Prom.Qf(m 3/d) | Prom.Qp(m 3/d) | Prom.Qg(m 3/d) | Prom.Agua(m 3/d) | Coef.Explot. | | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | | Transferidos | | Nuevos | | Exploración | | Totales por Método | No. Pozos | Fluido(m 3) | Petróleo(m 3) | Gas(m 3) | Agua(m 3) | RGP(m 3 / m 3) | BSW% | Densidad(g/cm 3) | Horas Trabaj. | Horas Planif. | Prom.Qf(m 3/d) | Prom.Qp(m 3/d) | Prom.Qg(m 3/d) | Prom.Agua(m 3/d) | Coef.Explot. | | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | - | | Surgentes | | Bombeo | | Compresor y Swab | | Total |
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Anexo D
INFORME ANUAL DE EXPLOTACION
- 1. GEOLOGIA
- a) GRADO DE ESTUDIO DEL YACIMIENTO
- Análisis por pozos de nuevos aportes geológicos.
- Análisis por capas, horizontes y yacimiento de nuevos aportes geológicos.
- b) NUEVAS PERFORACIONES REALIZADAS.
- c) TRABAJOS DE ENSAYO REALIZADOS.
- d) OBJETIVOS POTENCIALES A PERFORAR EN EL FUTURO.
- e) ESTADO ACTUALIZADO DE LAS RESERVAS DEL YACIMENTO.
- f) ANEXOS
- Mapas Estructurales.
- Perfiles geológicos.
- Tabla de ensayo.
- Tabla de reservas.
- g) CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.
- 2. EXPLOTACION E INGENIERIA DE YACI- MIENTOS
- a) COMPORTAMIENTO DE LOS INDICADORES DE EXPLOTACION.
- Extracción por objetivo de explotación.
- Extracción por bloque del yacimiento.
- Grado de Inundación por objetivo o bloque del Yacimiento.
- Comportamiento de la Relación Gas Petróleo.
- b) RESULTADO DEL PLAN DE MEDIDAS GEOLOGO- TECNICAS.
- c) COMPORTAMIENTO DE LA DECLINACION DEL YACIMIENTO.
- d) COMPORTAMIENTO DEL COEFICIENTE DE ENTREGA.
- e) ANALISIS DE LA PRODUCCION POR CAIDA DE PRESION.
- f) ANEXOS.
- Tablas y Gráficos de Historiales de Explotación de los Yacimientos.
- Tabla de Grado de Efectividad de las Medidas Geólogo-Técnicas
- Tabla de Fondo de Pozos.
- g) CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.
- 3. FISICA DE LOS YACIMIENTOS
- a) ANALISIS DE LOS RESULTADOS DE LAS INVESTIGACIONES HIDRODINAMICAS.
- Presiones de Capa de los Yacimientos.
- Niveles Dinámicos y Presiones de Fondo.
- b) ANALISIS DE INUNDACION DE LOS POZOS DEL YACIMIENTO.
- c) MUESTRAS DE FONDO.
- d) ANALISIS DE LOS MAPAS DE ISOBARAS.
- e) ANEXOS.
- Tablas con las Presiones de Capa Medidas.
- Mapas de Isobaras.
- 4. SIMULACION DE YACIMIENTOS.
- Modelo geológico.
- Grado de Estudio Petrofísico de los Yacimientos.
- Simulación y Pronóstico de Producción.
Debe reflejarse:
Elaborado por: _____________________
Nombre, apellidos y cargo
Fecha:
Aprobado por: _____________________
Nombre, apellidos y cargo
Fecha:
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DIRECCION DE HIDROCARBUROS
Anexo E.
GUIA PARA LA ELABORACION DEL PLAN DE DESARROLLO.
I. DESCRIPCION DEL CAMPO O YACIMIENTO.
Parte Geológica.
- Coordenadas y área capaz de producir hidrocarburos del yacimiento.
- Descripción geológica de los depósitos que comprenden el yacimiento.
- Modelo geológico (mapa).
- Secciones geológicas transversales (mapas, gráficos).
- a) Se darán los límites del yacimiento que va a ser desarrollado (o los límites de las partes del yacimiento que va a ser desarrollado, si éste fuera el caso).
- b) Descripción del yacimiento que se va a desarrollar incluyendo los mapas necesarios, secciones geológicas transversales, gráficos, etc. (o la descripción de un reservorio o depósito a desarrollar y que es parte del yacimiento que todavía está en la etapa de exploración, si éste fuera el caso).
- c) Descripción de las formaciones petrolíferas que constituyen el yacimiento (o la descripción de las formaciones petrolíferas de la parte del yacimiento a desarrollar y que está todavía en exploración, si éste fuera el caso).
II. RESERVAS.
- Parámetros utilizados para determinar las reservas probadas, probables y posibles de petróleo y gas de los depósitos que comprenden el yacimiento, así como las fuentes de información con la cual fueron determinados los mismos (registros geofísicos de pozo, núcleos, investigaciones hidrodinámicas, análisis de laboratorio, etc.).
- Métodos de cálculo empleados para determinar las reservas.
- Reservas probadas, probables y posibles de petróleo y gas de cada depósito del yacimiento.
- a) Se dará un estimado de las reservas probadas, probables y posibles del yacimiento para cada reservorio, con su correspondiente argumentación.
- b) Deben estar separadas las reservas del Petróleo Crudo y el Gas Natural.
III. INGENIERIA DE YACIMIENTOS.
- Regímenes de los depósitos del yacimiento.
- a) Se hará una descripción del régimen de producción (mecanismos de empuje) y de la política de manejo del reservorio.
- - Red de pozos.
- - Mapa de ubicación de los pozos.
- - Contactos agua - petróleo y petróleo – gas.
- - Cantidad de pozos a perforar, de ellos: Productores, Inyectores, otros.
- - Presiones iniciales de las capas y su comportamiento en el tiempo.
- - Temperaturas de las capas.
- - Propiedades colectoras.
- - Propiedades físico químicas de los fluidos de formación en condiciones de capa y de superficie.
- - Coeficiente de recuperación de las reservas.
- - Métodos para el mantenimiento de la presión de capa.
- - Métodos para elevar el coeficiente de recuperación (consideraciones preliminares).
IV. PERFORACION Y TERMINACION DE POZOS.
- Cantidad de pozos a perforar.
- Construcción de los pozos.
- Cronograma de perforación de los pozos.
- Características de la terminación y evaluación de los pozos.
V. PRODUCCION.
- Cronograma de entrada en producción de los pozos.
- Métodos de extracción a emplear.
- Fundamentación de la tasa de producción que garantiza la explotación eficiente y racional de las reservas.
- Volúmenes anuales de producción de petróleo, gas, agua y relación gas petróleo (RGP).
- Métodos para la intensificación de la producción.
- Métodos para el control de la producción.
- a) Se dará un estimado del volumen de producción de cada reservorio que se vaya a explotar para cada año del Período de Explotación en el caso de las reservas probadas más las reservas probables y también una explicación de cómo el volumen de producción, en el caso de las reservas probadas, alcanzará la TASA ECONOMICA MAXIMA DE PRODUCCION (que es el nivel máximo de producción diaria bajo el cual el yacimiento pudiera producir durante toda su vida obteniéndose la mayor recuperación económica final de las reservas, aplicando principios económicos y de ingeniería en concordancia con estandares internacionales de la Industria del Petróleo).
VI. FACILIDADES DE PRODUCCION.
- Coordenadas y área necesaria para el desarrollo de la producción.
- Características de las principales facilidades de producción.
- Esquema de la distribución de las facilidades de producción en el área y su flujo tecnológico.
- Cronograma de ejecución de las obras.
VII. MEDIDAS DE SEGURIDAD Y DE PROTECCION AMBIENTAL.
- Principales medidas y medios para garantizar el desarrollo de las actividades de producción de forma segura.
- Programa para garantizar la protección del Medio Ambiente.
- Plan de Contingencia.
VIII. EVALUACION ECONOMICA Y FINANCIERA.
- Costo unitario de perforación, de terminación y de puesta en producción de los pozos.
- Costo de las facilidades de producción.
- Costo unitario de explotación.
- Costos totales anuales durante los períodos de desarrollo y explotación.
- Proyección del precio del petróleo durante todo el período de producción.
- Flujo de caja para todo el Proyecto y para la Compañía para las reservas probadas.
- Flujo de caja para todo el proyecto y para la Compañía para las reservas probadas y probables.
IX. DESCRIPCION DE LAS ACTIVIDADES.
Una descripción del esquema de desarrollo propuesto que incluye lo siguiente:
- Una descripción de las instalaciones de superficie planificadas, tanto en el área dentro de los límites del yacimiento, como fuera de ellos.
- La designación de los puntos de entrega, la transportación de los hidrocarburos y el manejo de éstos.
- El cronograma de las actividades, incluyendo el cronograma para la construcción o adquisición de las instalaciones principales de superficie y también el cronograma o secuencia para alcanzar las tasas de producción comercial y la Tasa Económica Máxima de Producción.
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