Resolución 41/2018
La Resolución No. 41/2018 del Ministerio de Comunicaciones regula la emisión postal para el Día de los Enamorados. Establece la creación de tarjetas postales franqueadas de felicitación con motivos alegóricos a la fecha. La resolución es emitida por el Ministro de Comunicaciones.
- Se confeccionan 436 000 tarjetas postales franqueadas de felicitación por el “Día de los Enamorados” con valor de venta al público de 1 peso.
- Las tarjetas postales tienen un sello impreso para las 10 vistas multicolores.
- Estos enteros postales son válidos solo en el territorio nacional.
- Para envío a otros países, deben llevar la cantidad complementaria hasta completar la tarifa vigente para el lugar de destino.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 41/2018
POR CUANTO: El Acuerdo No. 8151 del Consejo de Ministros, de fecha 22 de mayo de 2017, en su apartado Primero, numeral Quince, establece que el ministerio de Co-municaciones tiene la función específica de regular y controlar la emisión, distribución, circulación, vigencia, valor facial y demás características de las especies postales.
POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 16 del ministro de Comunicaciones, de fecha 24 de enero de 2018, se aprobó el Plan de Emisiones Postales para el año 2018, entre las que se encuentra el entero postal destinado a conmemorar el “Día de los Enamorados”.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas, en el artículo 100 inciso a), de la Constitución de la República de Cuba;
R e s u e l v o :PRIMERO: Que se confeccionen y pongan en circulación cuatrocientas treinta y seis mil (436 000) tarjetas postales franqueadas de felicitación por el “Día de los Enamorados”, que representan motivos alegóricos a la fecha, con valor de venta al público de un peso (1), las que se realizarán con un sello impreso para las diez (10) vistas multicolores.
SEGUNDO: Estos enteros postales serán válidos para su entrega especial, única y exclusivamente en el territorio nacional. En caso de ser utilizadas para otros países, de-ben llevar la cantidad complementaria hasta completar la tarifa vigente para el lugar de destino.
TERCERO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba, señale el primer día de circu-lación de esta emisión postal distribuyendo las cantidades necesarias a todas las unidades de correos del país, y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. COMUNÍQUESE al presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerlas.
ARCHÍVESE el original en la dirección Jurídica del ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 12 días del mes de febrero de 2018.Maimir Mesa Ramos Ministro de Comunicaciones
763 GACETA OFICIAL29 de agosto de 2018 ENERGÍA y MINAS