Resolución 430
Texto íntegro
GOC-2019-1050-O90 RESOLUCIÓN No. 430/2019
POR CUANTO: El Decreto 300 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”, de 11 de octubre de 2012, establece en su Disposición Especial Segunda que los pre-cios y tarifas de productos y servicios que no están relacionados en su Anexo Único, se aprueban por el ministro de Finanzas y Precios o por quien este delegue; y mediante la Resolución 38, dictada el 31 de enero de 2013, por la ministra de Finanzas y Precios, se aprobaron los productos y servicios, cuyos precios y tarifas corresponde fijar centralmente por este Ministerio.
POR CUANTO: El ministro de Salud Pública ha solicitado a este Organismo la apro-bación del precio minorista en pesos cubanos (CUP) del producto Vasoactol 6 mg, estu-che con tres blíster de PVC/AL, con 20 tabletas revestidas, lo que se ha decidido aceptar ya que se utiliza como suplemento nutricional para aumentar la capacidad física en pa-cientes de la tercera edad y el rendimiento de los deportistas, y está autorizado a circular y comercializarse en los servicios farmacéuticos.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO:ÚNICO: Aprobar el precio minorista de doce pesos cubanos con sesenta centavos (12,60 CUP) para el medicamento Vasoactol 6 mg, estuche con tres blísteres de PVC/ AL, con 20 tabletas revestidas, que se vende a la población en las farmacias comunitarias.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 30 días del mes de octubre de 2019.Meisi Bolaños Weiss Ministra de Finanzas y Precios