Resolución 39/2018
La Resolución No. 39/2018 del Ministerio de Comunicaciones regula la emisión postal por el Día Internacional de la Mujer. Establece la creación de tarjetas postales franqueadas de felicitación con motivos alegóricos a la fecha. La resolución es emitida por el Ministro de Comunicaciones.
- Se confeccionan 372 000 tarjetas postales franqueadas de felicitación por el 'Día Internacional de la Mujer'.
- Las tarjetas tienen un valor de venta al público de 1 peso y serán válidas para entrega en territorio nacional.
- Las tarjetas llevarán un sello impreso para las 10 vistas multicolores.
- Serán válidas para su entrega especial, única y exclusivamente en el territorio nacional, o para otros países con la tarifa vigente.
- El Grupo Empresarial Correos de Cuba se encargará de señalar el primer día de circulación y distribuir las cantidades necesarias.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 39/2018
POR CUANTO: El Acuerdo No. 8151 del Consejo de Ministros, de fecha 22 de mayo de 2017, en su Apartado Primero, numeral Quince, establece que el ministerio
762 GACETA OFICIAL 29 de agosto de 2018 de Comunicaciones tiene la función específica de regular y controlar la emisión, distri-bución, circulación, vigencia, valor facial y demás características de las especies postales.
POR CUANTO: La Resolución No. 16 del ministro de Comunicaciones, de fecha 24 de enero de 2018, aprobó el Plan de emisiones postales para el año 2018, entre las que se encuentra, el entero postal destinado a conmemorar el “Día Internacional de la Mujer”.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 100 inciso a), de la Constitución de la República de Cuba;
R e s u e l v o :PRIMERO: Que se confeccionen y pongan en circulación trescientos setenta y dos mil (372 000) tarjetas postales franqueadas de felicitación por el “Día Internacional de la Mujer”, que representan motivos alegóricos a la fecha, con valor de venta al público de un (1) peso, las que se realizarán con un sello impreso para las diez (10) vistas multico-lores.
SEGUNDO: Estos enteros postales serán válidos para su entrega especial, única y exclusivamente en el territorio nacional. En caso de ser utilizadas para otros países, de-ben llevar la cantidad complementaria hasta completar la tarifa vigente para el lugar de destino.
TERCERO: Que el Grupo Empresarial Correos de Cuba, señale el primer día de circulación de esta emisión distribuyendo las cantidades necesarias a todas las unidades de correos del país, y vele por el cumplimiento de lo que por la presente se dispone. COMUNÍQUESE al presidente del Grupo Empresarial Correos de Cuba y a cuantas personas naturales y Jurídicas deban conocerla.
ARCHÍVESE el original en la dirección Jurídica del ministerio de Comunicaciones.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 12 días del mes de febrero de 2018.Maimir Mesa Ramos Ministro de Comunicaciones________________