Resolución 44/2021

Tarifas máximas para el servicio de transportación especializada de la construcción

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 20 Extraordinaria de 2021 (2021-03-30)
Páginas
4–5
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La Resolución 44/2021 del Ministerio de Finanzas y Precios regula las tarifas máximas para el servicio de transportación especializada de la construcción. Fue emitida por la Ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss, en ejercicio de sus atribuciones.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 44/2021

POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”,de 25 de noviembre de 2020, establece la nomenclatura de productos y servicios cuyosprecios y tarifas en pesos cubanos se fijan y modifican por el Consejo de Ministros yfaculta al Ministro de Finanzas y Precios, o en quien este delegue, a aprobar los precios ytarifas de los productos y servicios que no están relacionados en el Anexo Único del referido Decreto.

POR CUANTO: La Resolución 311, dictada por quien suscribe, de 25 de noviembrede 2020, establece la nomenclatura de productos y servicios centralizados en este Minis-terio, y en su Anexo Único relaciona los precios y tarifas mayoristas máximos de ventainterna a la economía, que incluye las tarifas máximas del servicio de transportación es-pecializada de la construcción.

POR CUANTO: Con el objetivo de evitar que se trasladen a la economía interna y a losprecios y tarifas a la población, crecimientos desmedidos por los servicios de transporta-ción, se ha decidido rebajar las tarifas mayoristas máximas del servicio de transportación yen consecuencia, dejar sin efecto de la referida Resolución 311 de 2020, lo referente a lastarifas de transportación especializada de la construcción.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el

Artículo 145,inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

PRIMERO: Establecer las tarifas máximas en pesos cubanos para el servicio de trans-portación especializada de la construcción, las que se describen en el Anexo Único, queforma parte integrante de la presente Resolución, y son de aplicación por las entidadesque brindan servicios de transporte especializado de materiales de construcción.

SEGUNDO: Facultar al Ministro de la Construcción a establecer las disposicionesgenerales para la aplicación de las tarifas a que se refiere el apartado anterior y el métodopara el cálculo de los importes correspondientes a las transportaciones.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA: Dejar sin efecto en la Resolución 311, dictada por quien resuelve, de 25 de noviembre de 2020, lo referente a las tarifas de transportación especializada de laconstrucción.

SEGUNDA: La presente Resolución se aplica a las operaciones realizadas desde el 1º.de enero de 2021.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 25 días de marzo de 2021, “Año 63 de la Revolución”.

Meisi Bolaños Weiss

Ministra de Finanzas y Precios

281

ANEXO ÚNICO

TARIFAS MÁXIMAS EN PESOS CUBANOS PARA EL SERVICIO

DEL TRANSPORTE ESPECIALIZADO DE LA CONSTRUCCIÓN

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