Resolución 226

Creación de la Unidad Presupuestada "Centro de Investigaciones Jurídicas"

Organismo
Ministerio de Justicia
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 55 Ordinaria de 2002 (2002-10-29)
Páginas
15–16
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

La Resolución No. 226 del Ministerio de Justicia crea la Unidad Presupuestada 'Centro de Investigaciones Jurídicas', subordinada al Ministerio de Justicia. Esta norma regula la creación, objetivos y funcionamiento del Centro. La Ministra de Justicia, Esther M. Recio Zamora, emite esta resolución en el ejercicio de sus facultades.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 226

-

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, de 7 de noviembre de 1996, quien resuelve fue designado Ministro de Justicia.

-

POR CUANTO: La Resolución No. 71, de fecha 28 de marzo del 2001, del Ministro de Justicia en su Apartado Sexto establece como Unidad de Producción y Servicios del Ministerio de Justicia, al Centro de Investigaciones Jurídicas.

-

POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación por Resolución No. 486, de fecha 29 de julio del 2002, autorizó la creación de la Unidad Presupuestada “Centro de Investigaciones Jurídicas”, subordinada al Ministerio de Justicia.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas;

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Crear la Unidad Presupuestada denominada “Centro de Investigaciones Jurídicas”, subordinada al Ministerio de Justici

-

SEGUNDO: La Unidad Presupuestada “Centro de Investigaciones Jurídicas”, se crea con los bienes y recursos que se le asignen y con los demás activos fijos, circulantes, diferidos, a largo plazo y otros que integren su patrimonio.

-

TERCERO: El Centro de Investigaciones Jurídicas se crea con el objeto siguiente:

- a) Desarrollar, ejecutar y gerenciar proyectos de investigación científica de carácter básico y aplicado, en materia del Derecho y otras ciencias sociales, en ambas monedas.

- b) Comercializar las publicaciones del Centro de Investigaciones Jurídicas, ya sean, de forma mayorista en ambas monedas y minorista, a suscriptores nacionales en moneda nacional y a extranjeros en moneda libremente convertible, según las regulaciones vigentes.

- c) Brindar servicios de consultoría en las disciplinas del Derecho y otras Ciencias Sociales, en moneda nacional.

- d) Brindar servicios en materia de Investigación y Desarrollo, incluyendo la elaboración de proyectos de investigación, levantamiento de Bancos de Problemas, diseño y aplicación de encuestas vinculadas al perfil del Centro, procesamiento estadístico de resultados investigativos, diseño y validación de políticas de calidad en servicios jurídicos y afines; elaboración de dictámenes sobre evaluaciones de la calidad o procedencia de documentos jurídicos, servicios de consultoría, investigaciones, estudios o publicaciones sobre las ramas del Derecho, Información Científico-Técnica, incluyendo búsquedas bibliográficas y archivísticas, diseños de programas de estudios en materia del Derecho y sus ciencias afines, en ambas monedas.

- e) Llevar a cabo la elaboración de recopilaciones jurídicas sobre temáticas específicas, incluyendo el Derecho vigente en Cuba, la Historia del Derecho y las legislaciones comparadas; así como la elaboración de comentarios sobre textos jurídicos, en ambas monedas.

- f) Brindar servicios de capacitación y educación de postgrado, en moneda nacional a los ciudadanos cubanos y en moneda libremente convertible a extranjeros.

- g) Organizar eventos científicos, tales como: congresos, jornadas, talleres nacionales e internacionales, cobrando las acreditaciones en moneda nacional a los ciudadanos

- cubanos y en el caso de los extranjeros, en moneda libremente convertible.

- h) Comercializar de forma mayorista y en ambas monedas, souvenirs y objetos alegóricos o promocionales relacionados con la actividad del Centro de Promoción.

- i) Prestar servicios de comedor a los trabajadores de la propia entidad y de cafetería de alimentos ligeros en el marco de las actividades docentes, encuentros y eventos científicos a los participantes cubanos, en moneda nacional y a los extranjeros en moneda libremente convertible.

- j) Brindar servicios de alquiler de locales eventualmente disponibles, en moneda nacional. En el caso de que la entidad opere también en moneda libremente convertible debe cobrar el alquiler en moneda nacional y los gastos en moneda libremente convertible al costo.

- k) Prestar servicios de transportación a los participantes del sector jurídico y relacionados con la actividad docente y de eventos científicos, en moneda nacional, de acuerdo con las regulaciones vigentes al respecto.

-

CUARTO: El Centro de Investigaciones Jurídicas está a cargo de un Director designado por el Ministro de Justicia, el que, además determina la estructura y plantilla del Centro de acuerdo con las disposiciones vigentes.

COMUNIQUESE a los Viceministros, a los Directores y Jefes de Departamentos Independientes, a los Directores Provinciales de Justicia, al Ministerio de Economía y Planificación, al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, a la Oficina Nacional de Estadísticas y a cuantas personas corresponda.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, a los 21 días del mes de octubre del año 2002.

Esther M. Recio Zamora

Ministra a.i. de Justicia

_____________

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL