Resolución 106/2016

Modificación del Plan Nacional de Numeración

Organismo
Ministerio de Comunicaciones
Fecha emisión
2016-05-16
Publicada en
Gaceta No. 28 Ordinaria de 2016 (2016-06-29)
Páginas
11–12
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La Resolución No. 106/2016 del Ministerio de Comunicaciones modifica el Plan Nacional de Numeración. Esta norma es emitida por el Ministerio de Comunicaciones en virtud de sus atribuciones para regular y controlar los servicios de telecomunicaciones en Cuba.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 106/2016

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7380 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,de fecha 28 de febrero de 2013, en su Apartado Primero, numeral Cuarto, establece que el Ministerio de Comunicaciones es el organismo encargado de ordenar, regular y controlarlos servicios de telecomunicaciones, radiocomunicaciones, informáticos y postales, na-cionales e internacionales, la gestión de los recursos comunes y limitados en materia dedichos servicios y la implementación de los mismos.

POR CUANTO: La Resolución No. 266 del Ministro de Comunicaciones, de fecha 2 de agosto de 2013, aprobó el Plan Nacional de Numeración y dispuso la reserva delsector de numeración 57 ZBMCDU para el servicio de radio troncalizado brindado por laempresa MOVITEL S.A., teniendo en cuenta su futura utilización en la asignación de partede dichos recursos de numeración para su uso por otros servicios de telecomunicaciones, sehace necesario modificar el actual Plan Nacional de Numeración.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones conferidas, en el artículo 100 inciso a),de la Constitución de la República de Cuba;

R e s u e l v o :

PRIMERO: Modificar la Resolución No. 266 del Ministro de Comunicaciones, de fecha 2 de agosto de 2013, en su Apartado Tercero, Cuadro No. 2, el cual queda redactado de laforma siguiente:

CUADRO No. 2

| NUMERACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS SERVICIOS DE REDTELEFÓNICA CELULAREstructura de la numeración: 5 YZBMCDU | | - | | Número de los abonados | | PRIMERDÍGITO | DÍGITOSSUBSIGUIENTES | ASIGNACIÓN | | 5 | 0 ZBMCDU | Reserva | | 1 ZBMCDU | Reserva | | 2 ZBMCDU | Servicios celulares | | 3 ZBMCDU | Servicios celulares | | 4 ZBMCDU | Servicios celulares | | 5 ZBMCDU | Servicios celulares | | 6 ZBMCDU | Servicios celulares | | 7 ZBMCDU (ZB≠99) | Servicios de radio troncalizado | | 799 MCDU | Servicios celulares ferroviarios | | 8 ZBMCDU | Servicios celulares | | 9 ZBMCDU | Reserva |

SEGUNDO: Asignar a la Unión de Ferrocarriles de Cuba el sector de numeracióncomprendido desde el 57 995 000 hasta el 57 999 999, para la operación y desarrollo deun sistema celular de telecomunicaciones móviles terrestres destinado a la prestación deservicios de comunicación ferroviaria, conocido por las siglas GSM-R y conforme unared privada de telecomunicaciones no interconectable y sin habilitación de itinerancia conla red pública de telecomunicaciones.

DESE CUENTA al Ministro del Transporte.

NOTIFÍQUESE al Presidente de la Unión de Ferrocarriles de Cuba.

COMUNÍQUESE a los viceministros, a los directores generales y ministeriales del Ministerio de Comunicaciones, al Presidente del Grupo Empresarial de la Informáticay las Comunicaciones, al Presidente ejecutivo de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, S.A., y a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Comunicaciones.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 16 días del mes de mayo de 2016.

Maimir Mesa Ramos

Ministro de Comunicaciones

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