Resolución 45
La Resolución No. 45 del Consejo de Estado de Cuba ratifica el Acuerdo entre Cuba y Francia relativo a la Agencia Francesa de Desarrollo. Este acuerdo fue firmado el 29 de julio de 2016 y establece las condiciones para el establecimiento y actividades de la Agencia Francesa de Desarrollo y de PROPARCO en Cuba.
- Se ratifica el Acuerdo entre el Gobierno de Cuba y el Gobierno de Francia relativo al establecimiento y actividades de la Agencia Francesa de Desarrollo y de PROPARCO en Cuba.
- El acuerdo fue firmado el 29 de julio de 2016 en La Habana.
- El Consejo de Estado acordó la ratificación el 5 de enero de 2017.
- El acuerdo entró en vigor el 20 de enero de 2017 según el artículo 11.1.
Texto íntegro
RAÚL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, envirtud de lo establecido en el artículo 93, inciso j), de la Constitución de la República, yen cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto Ley No. 191, de fecha 8 de marzo de 1999, “De los Tratados Internacionales”.
SABED: Que el 29 de julio de 2016, fue firmado en La Habana el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Francesa relativo al es-tablecimiento y a las actividades de la Agencia Francesa de Desarrollo y de PROPARCOen la República de Cuba.
QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultadesque le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha 15 de diciembre de 2016, acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Fran-cesa relativo al establecimiento y a las actividades de la Agencia Francesa de Desarrolloy de PROPARCO en la República de Cuba.
507
QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en elinciso m), del artículo 90 de la Constitución de la República, el día 5 de enero de 2017 acordó la ratificación de Cuba al citado Acuerdo.
QUE el día 17 de octubre de 2016, el Gobierno de la República Francesa le comunicóal Gobierno de la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internospara la entrada en vigor del referido Acuerdo y, a su vez, el día 17 de enero de 2017, el Go-bierno de la República de Cuba le comunicó al Gobierno de la República Francesa elcumplimiento de sus requisitos legales internos, a los fines de su entrada en vigor el día 20 de enero de 2017, conforme al artículo 11.1 del mismo.
POR TANTO: El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso delas atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLA-MA en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 31 días del mes de enerode 2017.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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