Resolución 45/2021

Tarifas máximas para Servicios Portuarios de Manipulación de Contenedores

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 20 Extraordinaria de 2021 (2021-03-30)
Páginas
5–6
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La Resolución 45/2021 del Ministerio de Finanzas y Precios regula las tarifas máximas para los Servicios Portuarios de Manipulación de Contenedores Llenos y Vacíos. La norma es emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 45/2021

POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de Precios y Tarifas”,de 25 de noviembre de 2020, establece la nomenclatura de productos y servicios cuyosprecios y tarifas se fijan y modifican por el Consejo de Ministros, y faculta al Ministrode Finanzas y Precios o en quien este delegue, a aprobar los precios y tarifas de losproductos y servicios que no están relacionados en el Anexo Único del referido Decreto.

POR CUANTO: La Resolución 311, dictada por quien suscribe, de 25 de noviembrede 2020, establece la nomenclatura de las producciones y servicios cuya aprobación de losprecios y tarifas mayoristas máximos están centralizados en el Ministerio de Finanzas y Precios, y en su Anexo Único aprueba los precios y tarifas mayoristas máximos de ventainterna a la economía, dentro de los que se encuentran los Servicios Portuarios de Manipu-lación de Contendores Llenos y Vacíos.

POR CUANTO: Resulta necesario rectificar la unidad de medida para la aplicación dela tarifa por el servicio de manipulación de contenedores, lo que conlleva a derogar de lareferida Resolución 311 de 2020, las tarifas por dicho servicio.

POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el

Artículo 145,inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,

RESUELVO

ÚNICO: Establecer las tarifas máximas en pesos cubanos para los Servicios Portua-rios de Manipulación de Contendores Llenos y Vacíos, que prestan las empresas subor-dinadas al Grupo Empresarial de Transporte Marítimo Portuario, que se relacionan en el Anexo Único, que forma parte integrante de la presente Resolución.

DISPOSICIÓN FINAL

PRIMERA: Derogar del Anexo Único de la Resolución 311, dictada por quien resuel-ve, de 25 de noviembre de 2020, en la nomenclatura de Transportación de carga por Vía Marítima, las Tarifas de Servicios Portuarios, de los numerales 5 y 6, referidas a Manipu-lación de Contenedores Llenos y Manipulación de Contenedores vacíos, respectivamente,según se relacionan en Anexo Único de la presente Resolución.

SEGUNDA: Esta Resolución se aplica a las operaciones realizadas a partir del 1º. deenero de 2021.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.

DADA en La Habana, a los 25 días de marzo de 2021, “Año 63 de la Revolución”.

Meisi Bolaños Weiss

Ministra de Finanzas y Precios

ANEXO ÚNICO

TARIFAS MÁXIMAS EN PESOS CUBANOS PARA LOS SERVICIOSPORTUARIOS DE MANIPULACIÓN DE CONTENEDORES LLENOS

Y VACÍOS QUE PRESTAN LAS EMPRESAS DEL GRUPO EMPRESARIAL

DE TRANSPORTE MARÍTIMO PORTUARIO