Resolución 45/2007

Aprobación de un nuevo cargo técnico y una nueva ocupación de servicios en la Rama del Turismo

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
2007-07-20
Publicada en
Gaceta No. 56 Ordinaria de 2007 (2007-08-24)
Páginas
3–4
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La Resolución No. 45/2007 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aprueba un nuevo cargo técnico y una nueva ocupación de servicios en la Rama del Turismo. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar la política laboral y salarial en Cuba.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 45/2007

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, el que suscribe fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, establece, entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.

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POR CUANTO: Conforme a lo establecido en el apartado Segundo del Acuerdo No. 4085, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de julio de 2001, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar, sistemáticamente, la política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, de seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 112 de 27 de diciembre de 2005, se aprobaron los calificadores de ocupaciones de operarios, trabajadores de servicios y de cargos técnicos de la Rama del Turismo, cuyas denominaciones, descripciones de las funciones o tareas principales, grupos de complejidad y requisitos aparecen en su anexo, cuya vigencia se extendió por un año, mediante la Resolución No. 8 de 20 de febrero de 2007, del que suscribe.

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POR CUANTO: El Ministerio de Turismo ha solicitado la aprobación de un nuevo cargo técnico y una nueva ocupación de servicios, propuestas que después de analizadas, se ha decidido aprobar tal como aparecen en el anexo de la presente Resolución.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Aprobar e incluir en el Calificador de la Rama del Turismo, un nuevo cargo técnico y una nueva

ocupación de servicios, cuyas denominaciones, descripción de las funciones o tareas principales, grupos de complejidad y requisitos aparecen en el anexo de la presente Resolución.

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SEGUNDO: La descripción de las funciones o tareas principales y los requisitos del cargo y la ocupación que por la presente se aprueban, son los que obran archivados en la Dirección de Organización del Salario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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TERCERO: Facultar al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que dicte las disposiciones complementarias que se requieren para la mejor aplicación de lo que por la presente Resolución se establece, así como para modificar, de resultar necesario, la denominación, descripción de las funciones y requisitos del cargo y la ocupación que aparecen en el anexo, a solicitud del jefe del organismo y el sindicato nacional correspondiente.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

Dada en La Habana, a los 20 días del mes de julio de 2007.

Alfredo Morales Cartaya

Ministro de Trabajo

y Seguridad Social

ANEXO

TECNICO CANINO GRUPO VIII

FUNCIONES O TAREAS PRINCIPALES

- z Controla y aplica la técnica de detección canina a bultos, cargas, equipajes y personas para prevenir y detectar infracciones y delitos relacionados con el tráfico ilegal de drogas, estupefacientes, explosivos y demás sustancias peligrosas prohibidas o reguladas por la Ley.

- z Ejecuta el plan de entrenamiento.

- z Cuida el estado de salud de su perro e informa al médico veterinario cualquier síntoma anormal que presente el mismo.

- z Mantiene un correcto estado higiénico-sanitario en el área aledaña a su perro.

- z Participa, con el médico veterinario, en las inspecciones clínicas y curaciones de su perro.

- z Vela por el cuidado y mantenimiento de los medios técnicos que se le asignen.

- z Controla e informa los resultados del trabajo que realiza.

- z Prepara y presenta la evolución para mantener la operatividad.

- z Participa en las competencias de la especialidad, así como en cualquier otro evento similar que se convoque.

- z Demuestra vocación para el trabajo con los canes. REQUISITOS:

Graduado de nivel medio superior con curso de habilitación en la actividad.

GUIA INSTRUCTOR DE CANOPY GRUPO V

FUNCIONES O TAREAS PRINCIPALES

- z Guía, orienta y protege a los clientes en el recorrido.

- z Pone y chequea la instalación de los equipos y accesorios a los clientes.

- z Realiza la venta de servicios; ejecuta y cobra en la moneda y medios de pago que corresponda, aprobados por la entidad.

- z Realiza la revisión de las instalaciones, accesorios o aditamentos propios de la actividad.

- z Recibe, distribuye, chequea y almacena los equipos y accesorios; vela por su cuidado y mantenimiento.

- z Controla y cuida, según corresponda, los útiles, medios y otros materiales propios de los servicios que presta.

- z Realiza reparaciones menores y mantenimientos simples al equipamiento.

- z Cumple con lo establecido en los documentos técniconormativos que rigen la actividad, así como con las medidas de seguridad establecidas.

- z Realiza otras actividades afines. REQUISITOS:

Graduado de nivel medio. Conocimiento de un idioma de uso internacional. Tener entrenamiento en el puesto de trabajo.

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