Resolución 46
La Resolución 46/2023 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación minera denominada La Conchita, otorgada a la Empresa de Materiales de Construcción de Pinar del Río. Esta decisión se basa en la Ley 76 de Minas de 1994 y su Reglamento.
- Se extingue la concesión de explotación La Conchita en Pinar del Río, otorgada por Resolución 107 de 1998.
- La concesión tenía 25 años de vigencia y explotaba arcilla para cerámica roja.
- La empresa debe cumplir obligaciones pendientes, especialmente tributarias y ambientales.
- El área queda disponible para nuevas solicitudes mineras.
- Se deroga la Resolución 107 de 1998.
- La empresa debe indemnizar por daños o perjuicios causados.
Texto íntegro
GOC-2023-406-O40 RESOLUCIÓN 46/2023
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Ha vencido el término de veinticinco (25) años otorgado por la Resolución 107, de 31 de marzo de 1998, del Ministro de la Industria Básica, a la Empresa de Materiales de la Construcción No. 7, posteriormente denominada Empresa de Materiales de Construcción de Pinar del Río, en el área de la concesión de explotación denominada La Conchita, ubicada en el municipio y provincia de Pinar del Río, con el objeto de explotar el mineral arcilla para la obtención de cerámica roja; por lo que incurre en la causal de extinción de las concesiones mineras dispuesta en la Ley 76, “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, en el Capítulo X,
Artículo 60, inciso a).
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación denominada La Conchita, ubicada en el municipio y provincia de Pinar del Río, otorgada por la Resolución 107, de 31 de marzo de 1998, del Ministro de la Industria Básica, a la Empresa de Materiales de Construcción de Pinar del Río.
SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación, la que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.
TERCERO: La Empresa de Materiales de Construcción de Pinar del Río está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios a que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.
CUARTO: Derogar la Resolución 107, de 31 de marzo de 1998, del Ministro de la Industria Básica. NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa de Materiales de Construcción de Pinar del Río.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
935 GACETA OFICIAL4 de mayo de 2023
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 2 días del mes de mayo de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro________________