Resolución 358
La Resolución No. 358 del Ministerio de la Industria Básica autoriza la ampliación de derechos mineros para la explotación de arena como árido fino en la construcción. La norma es emitida por el Ministro de la Industria Básica, Marcos Portal León, en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Minas y el Acuerdo No. 3190.
- Se autoriza a la Empresa de Materiales de Construcción No. 5, Sancti Spíritus, a ampliar sus derechos mineros otorgados mediante Resolución No. 130 de 1999.
- La ampliación incluye el mineral de arena para su utilización como árido fino en la construcción (Artículo Primero).
- El concesionario debe subordinar la extracción de arena a la explotación de la arcilla (Artículo Segundo).
- Se ratifican los términos, condiciones y obligaciones dispuestas en la Resolución No. 130 de 1999 (Artículo Tercero).
- Las disposiciones de la resolución quedarán sin vigor si no se inscriben en el Registro Minero dentro de los treinta días siguientes a su notificación (Artículo Cuarto).
Texto íntegro
RESOLUCION No. 358
-
POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su
Artículo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo delegan en el Ministerio de la Industria Básica el otorgamiento o denegación de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales.
-
POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el
Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.
-
POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Construcción No. 5, Sancti Spíritus, titular de una concesión de explotación para el mineral de arcilla en el área denominada Arcilla Zona III-B, otorgada mediante la Resolución No. 130 de 26 de abril de 1999, del que resuelve, ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de ampliación del mineral a explotar dentro del área de la concesión ya otorgada.
-
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar al Ministro de la Industria Básica que otorgue la concesión al solicitante, oídos los criterios de los órganos locales del Poder Popular.
-
POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de la Industria Básica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de mayo de 1983.
-
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
PRIMERO: Autorizar a la Empresa de Materiales de Construcción No.5, Sancti Spíritus ampliar sus derechos mineros de explotación, otorgados mediante la Resolución
- No. 130 de 26 de abril de 1999, del que resuelve, al mineral de arena para su utilización como árido fino en la construcción.
-
SEGUNDO: El concesionario subordinará la extracción de arena a la explotación de la arcilla.
-
TERCERO: Se ratifican los términos, condiciones y obligaciones dispuestas en Resolución No. 130 de 26 de abril de 1999, del que resuelve, que serán de obligatorio cumplimiento para la autorización dispuesta en el Apartado Primero.
-
CUARTO: Las disposiciones a que se contrae la presente Resolución quedarán sin vigor si transcurrieran treinta días de su notificación al concesionario y no se hubiera inscrito en el Registro Minero a cargo de la Oficina Nacional de Recursos Minerales.
-
QUINTO: Notifíquese a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, al concesionario y a cuantas más personas naturales y jurídicas proceda, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 28 días del mes de octubre del 2002.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
________________