Resolución 475/2022
La Resolución 475/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la oficina de representación de MG CARIBE FOOD & BEVERAGE, S.L. en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- Se autoriza la inscripción de la oficina de representación de MG CARIBE FOOD & BEVERAGE, S.L. en Cuba.
- El giro comercial es la comercialización de bebidas alcohólicas y no alcohólicas y alimentos.
- La licencia no autoriza la importación y exportación directa con carácter comercial, comercio mayorista y minorista en general, ni distribución y transporte de mercancías en el territorio nacional.
- La entidad debe formalizar su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras dentro de los 90 días contados a partir de la entrada en vigor de la Resolución.
- Se deroga la Resolución 293 de 16 de octubre de 2017.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 475/2022
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de representacionescomerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece las regulaciones ge-nerales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación y cierre de las oficinas derepresentación, sucursales y los contratos de agencia y de representación en la Repúblicade Cuba ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscritoa la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 293 de esta propia autoridad, de 16 de octubrede 2017, se autorizó la inscripción de la sucursal de la compañía española MG CUBADELEGACIÓN, S.L. que posteriormente cambió su denominación social por MG CARIBEFOOD & BEVERAGE, S.L., en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, en virtudde la solicitud de inscripción de la oficina de representación de la compañía españolaMG CARIBE FOOD & BEVERAGE, S.L. y, del análisis efectuado, se ha consideradoacceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la oficina de representación de la compañíaespañola MG CARIBE FOOD & BEVERAGE, S.L. en el Registro Nacional de Repre-sentaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la oficina de representación de la compañía españolaMG CARIBE FOOD & BEVERAGE, S.L. en Cuba, a partir de su inscripción, es lacomercialización de bebidas alcohólicas y no alcohólicas y alimentos, además se adjunta,en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, la nomenclaturade mercancías autorizadas a los efectos de la aprobación por la autoridad competente delrégimen aduanal correspondiente.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios,excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en loscontratos que amparan las operaciones de comercio internacional; ni
c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada envigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en elapartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartadoimplicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y,consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 293 de esta propia autoridad, de 16 de octubrede 2017.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto dela Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losquince días del mes de diciembre de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
ANEXO ÚNICO
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA
A LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN
DE LA COMPAÑÍA MG CARIBE FOOD & BEVERAGE, S.L.
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