Resolución 047/04
Esta resolución regula la auditoría y control en empresas con perfeccionamiento empresarial en Cuba. Fue emitida por el Ministerio de Auditoría y Control.
- Los jefes de Unidades Centrales de Auditoría Interna deben remitir informes de auditoría al Ministerio de Auditoría y Control cuando la evaluación de empresas sea de Deficiente o Mal.
- Se establece un término mínimo de 180 días para la ejecución de auditorías de seguimiento o recurrentes en empresas con calificación Deficiente o Mal.
- Las auditorías realizadas a unidades de base con calificación Deficiente o Mal afectan el estado de control de la empresa aprobada para perfeccionamiento empresarial.
- Los jefes de Unidades Centrales de Auditoría Interna deben enviar información mensual operativa al Ministerio de Auditoría y Control.
- Se requiere el envío de informes de cumplimiento de medidas disciplinarias y administrativas adoptadas dentro de los 30 días posteriores a la presentación del Informe de Auditoría.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 047/04
(CORREGIDA)
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POR CUANTO: Por el Decreto-Ley No. 219, de fecha 25 de abril del 2001, del Consejo de Estado, se creó el Ministerio de Auditoría y Control, como un Organismo de la Administración Central del Estado, encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en materia de Auditoría Gubernamental, Fiscalización y Control Gubernamental, así como para regular, organizar, dirigir y controlar metodológicamente el Sistema Nacional de Auditoría.
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POR CUANTO: El numeral 4 del acápite TERCERO del Acuerdo No. 2817, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 28 de noviembre de 1994, estableció, entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los organismos de la Administración Central del Estado, además de los que les confiere la Constitución de la República, la de dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.
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POR CUANTO: Teniendo en cuenta el desarrollo y la trascendencia del proceso de Perfeccionamiento Empresarial, su complejidad y efecto multiplicador sobre la gestión de la empresa, resulta necesario mantener un mayor control de su actividad contable y administrativa y establecer el término correspondiente a la ejecución de auditorías recurrentes o de cumplimiento a las empresas cuya calificación ha sido de deficiente o mal.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de fecha 2 de mayo del 2001, la que resuelve fue designada Ministra de Auditoría y Control.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas;
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Los Jefes de las Unidades Centrales de Auditoría Interna de los Organismos de la Administración Central del Estado, de los Consejos de la Administración Provincial del Poder Popular, de las Entidades Nacionales y los Jefes de las Unidades de Auditoría Interna de las Uniones, Grupos Corporativos y otros niveles intermedios de
Dirección, deberán remitir al Ministerio de Auditoría y Control y a sus máximos jefes correspondientes, en la misma fecha en que se concluya, el Informe de Auditoría de las empresas autorizadas mediante el Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros para la aplicación del perfeccionamiento empresarial, en el caso de que la evaluación sea de Deficiente o Mal. Se incluyen las auditorías realizadas por las Sociedades Civiles de Servicios u otras formas de organización autorizadas para el ejercicio de la auditoría.
Se debe adjuntar al Informe el anexo de responsabilidad administrativa y el resumen de la Auditoría con presuntos hechos delictivos si los hubiere.
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SEGUNDO: En la evaluación del estado de control contable y administrativo en las auditorías de seguimiento o recurrente, se debe consignar expresamente en el Informe, la comparación de su resultado con respecto a la última auditoría realizada, en los términos de: en avance, en estancamiento o en retroceso.
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TERCERO: Las auditorías realizadas a las unidades de base, cuando su calificación sea de Deficiente o Mal, afectan el estado de control de la empresa aprobada para aplicar el perfeccionamiento empresarial, quedando sujeta a las medidas a adoptar por el Grupo Gubernamental de Perfeccionamiento Empresarial, según su Acuerdo No. 166/2003.
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CUARTO: Se establece de manera excepcional un término mínimo de ciento ochenta (180) días para la ejecución de una auditoría de seguimiento o recurrente a las empresas en perfeccionamiento empresarial, que su evaluación sea de Deficiente o Mal.
Cuando una empresa obtenga en la auditoría calificación de deficiente o mal dos veces consecutivas, el Ministerio de Auditoría y Control dará cuenta al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a los efectos de valorar la suspensión de la aplicación del nuevo Sistema de Dirección y Gestión Empresarial.
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QUINTO: Quedan responsabilizados los Jefes de las Unidades Centrales de Auditoría Interna de los Organismos de la Administración Central del Estado, de los Consejos de la Administración Provincial, de las Entidades Nacionales y de las Unidades de Auditoría Interna de las Uniones, Grupos Corporativos y otros niveles intermedios de Dirección, con el envío al Ministerio de Auditoría y Control, el primer día hábil de cada mes, de la información mensual operativa
- conciliada con el máximo nivel de dirección y los jefes que atienden la actividad de Perfeccionamiento Empresarial, según los anexos 1 y 2 que se adjuntan a la presente, formando parte integrante de la misma.
La referida información se remitirá a la Dirección de Planificación, Análisis y Control del Ministerio de Auditoría y Control pudiendo utilizar, entre otras, la vía del correo electrónico, asegurando, en cualquier caso, su acuse de recibo.
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SEXTO: De igual forma se remitirá al Ministerio de Auditoría y Control, treinta (30) días después de presentado el Informe de Auditoría, el cumplimiento de las medidas disciplinarias y administrativas adoptadas; así como se precisará si la entidad tiene autorizada la aplicación de la nueva escala salarial y los sistemas de estímulos que otorga.
NOTIFIQUESE al Viceministro Primero, Viceministros, Directores, Jefe del Departamento de Seguridad, Protección y Defensa y Delegados Provinciales y del municipio especial Isla de la Juventud de este Ministerio, a los Jefes de Entidades Nacionales, a los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado, a los Presidentes de los Consejos de Administración de las Asambleas Provinciales del Poder Popular y del municipio especial Isla de la Juventud y a los Jefes de las Unidades Centrales de Auditoría Interna, de las Entidades Nacionales y de las Unidades de Auditoría Interna de las Uniones, Grupos Corporativos y otros niveles intermedios de Dirección.
COMUNIQUESE al Secretario General de la Central de Trabajadores de Cuba y a cuantas personas naturales o jurídicas proceda, y archívese el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
Dada en la Ciudad de La Habana, a 19 de mayo del 2004.
Lina Pedraza Rodríguez
Ministra de Auditoría y Control
ANEXO No. 1
ESTADO DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN
DE AUDITORIA A LAS EMPRESAS
EN PERFECCIONAMIENTO EMPRESARIAL
Objetivo
Informar el estado de cumplimiento del Plan de Auditoría de las entidades aprobadas mediante Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros para la aplicación del Perfeccionamiento Empresarial.
Precisiones generales
- a) Se elabora y emite por la persona designada por el Jefe de la Unidad Central de Auditoría Interna de los Organismos de la Administración Central del Estado; Consejo de la Administración Provincial y Entidad Nacional.
- b) Se consolida la información de todo el sistema.
- c) Los datos aportados se acumulan mensualmente.
Frecuencia y Distribución
Frecuencia: Mensual.
Plazo de recepción y-o envío: Primer día hábil de cada mes.
Dirección correo electrónico:[virgilio@ona.gov.cu](mailto:virgilio@ona.gov.cu) y[rafael@ona.gov.cu](mailto:rafael@ona.gov.cu).
Distribución: Dirección de Planificación, Análisis y Control del Ministerio de Auditoría y Control, estructuras de Perfeccionamiento Empresarial de cada uno de los OACE, CAP o entidades nacionales.
Encabezamiento:
Organismo: Denominación del Organismo de la Administración Central del Estado, Consejo de la Administración Provincial o Entidad Nacional.
Mes: Señalar el mes de forma literal que se informa. Ejemplo: Enero, Febrero, etc.
Cuerpo del Modelo
- 1. Unidad organizativa que realiza la auditoría. Desglosar las realizadas por las UCAI y UAI y totalizar en caso necesario.
- 2. Plan y extraplan. Consignar la suma del plan y extraplan previsto a realizar en el período que se informa.
- 3. Abiertas. Las auditorías iniciadas según las ordenes de trabajo.
De las terminadas
- 4. Las auditorías cuya calificación es de Satisfactorio.
- 5. Las auditorías cuya calificación es de Aceptable.
- 6. Las auditorías cuya calificación es de Deficiente.
- 7. Las auditorías cuya calificación es de Mal.
- 8. En proceso. Auditorías iniciadas y no concluidas en el período que se informa.
- 9. Pospuestas. Auditorías previstas en el plan y pospuesta su realización para otro período.
Cuadre del modelo
Terminadas = 4+ 5 + 6 + 7
Abiertas (3) = 4 + 5 + 6 + 7 + 8
Pie del modelo
Nombre y dos apellidos de la persona designada para elaborar la información.
Nombre y dos apellidos del Jefe de la Unidad Central de Auditoría Interna del OACE, CAP o Entidad Nacional.
Indicar la fecha de elaboración de la información.
ANEXO No. 2
CONTROL DE LAS EMPRESAS
EN PERFECCIONAMIENTO EMPRESARIAL CON AUDITORÍAS CALIFICADAS DE DEFICIENTE O MAL
Objetivo
Informar el control de las empresas con auditorías calificadas de Deficiente y Mal según lo notificado en el modelo del anexo 1, identificando la entidad auditada y el seguimiento dado.
Precisiones generales
- d) Se elabora y emite por la persona designada por el Jefe de la Unidad Central de Auditoría Interna de los Organismos de la Administración Central del Estado; Consejo de la Administración Provincial y Entidad Nacional.
- e) Se consolida la información de todo el sistema.
- f) Los datos aportados se acumulan mensualmente.
Frecuencia y Distribución
Frecuencia: Mensual
Plazo de recepción y-o envío: Primer día hábil de cada mes
Dirección correo electrónico:[virgilio@ona.gov.cu](mailto:virgilio@ona.gov.cu) y[rafael@ona.gov.cu](mailto:rafael@ona.gov.cu)
Distribución: Dirección de Planificación, Análisis y Control del Ministerio de Auditoría y Control, estructuras de Perfeccionamiento Empresarial de cada uno de los OACE, CAP o entidades nacionales.
Encabezamiento:
Organismo: Denominación del Organismo de la Administración Central del Estado, Consejo de la Administración Provincial o Entidad Nacional.
Mes: Señalar de forma literal el mes que se informa. Ejemplo: Enero, Febrero, etc.
Cuerpo del Modelo
- 1. No. Número de orden consecutivo según la fecha de realización.
- 2. Empresa. Nombre de la entidad auditada según su denominación transcrita en el Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.
- 3. Calificación. Descripción literal de la calificación otorgada en la auditoría a la entidad. Ejemplo: Deficiente o Mal.
- 4. Fecha conclusión de la auditoría. Fecha de concluida e informada la auditoría.
- 5. Organo que realiza la auditoría. Indicar el órgano que realiza la auditoría. Ejemplos:
- 6. Análisis en GEPE. Indicar SI o NO el informe de auditoría se analizó en el Grupo Ejecutivo de Perfeccionamiento Empresarial (GEPE). En caso afirmativo, indicar la fecha. Ejemplo: SI (10-12-04). En su orden día, mes y año.
- 7. Calificación auditoría de seguimiento o recurrente.Señalar literalmente la calificación obtenida en el caso de realizarse una auditoría de seguimiento o recurrente. Ejemplo: Satisfactorio.
- 8. Fecha de conclusión de la auditoría. Fecha de concluida e informada la auditoría.
- 9. Organo que realiza la auditoría. Indicar el órgano que realiza la auditoría. Ver ejemplo señalado en el numeral 6.
Cuadre del modelo
Calificación (4): El total de auditorías calificadas de Deficiente tiene que ser igual al subtotal informado en la columna No. 6 del modelo del anexo No. 1
El total de auditorías calificadas de Mal tiene que ser igual al subtotal informado en la columna No. 7 del modelo del anexo No. 1
Pie del modelo
Nombre y dos apellidos de la persona designada para elaborar la información.
Nombre y dos apellidos del Jefe de la Unidad Central de Auditoría Interna del OACE, CAP o Entidad Nacional.
Indicar la fecha de elaboración de la información.
ANEXO 1
ESTADO DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE AUDITORIA A EMPRESAS
EN PERFECCIONAMIENTO EMPRESARIAL
ORGANISMO:____________________ MES:________________________
ANEXO 2
CONTROL DE LAS EMPRESAS CON AUDITORIAS CALIFICADAS DE DEFICIENTE Y MAL
A EMPRESAS EN PERFECCIONAMIENTO EMPRESARIAL
ORGANISMO: _____________________________ MES: ___________________________
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COMERCIO EXTERIOR