Resolución 63
La Resolución No. 63 del Ministerio de la Industria Básica autoriza la ampliación del uso del mineral de caliza para la obtención de carbonato y árido para la construcción. La norma es emitida por el Ministro de la Industria Básica en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Minas y el Acuerdo No. 3190.
- Se autoriza a la Empresa de Canteras a ampliar los usos del mineral de caliza para obtener carbonato y árido para la construcción.
- El concesionario debe introducir cambios tecnológicos para lograr un aprovechamiento de la materia prima por encima del 60% en un año.
- Se establece una regalía del 3% para la producción de carbonato y del 1% para la producción de árido.
- Los términos y condiciones de la Resolución No. 316 de 2000 son aplicables, con excepción de lo dispuesto en esta resolución.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 63
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POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, promulgada el 23 de enero de 1995, establece en su
Artículo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo delegan en el Ministerio de la Industria Básica el otorgamiento o denegación de las concesiones mineras para pequeños yacimientos de determinados minerales.
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POR CUANTO: El Acuerdo No. 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros otorgó al Ministro de la Industria Básica determinadas facultades en relación con los recursos minerales clasificados en los Grupos I, III y IV, según el
Artículo 13 de la mentada Ley de Minas.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 316 de 13 de diciembre de 2000 se le otorgó una concesión de explotación y procesamiento a la Empresa de Canteras sobre el área del yacimiento Cantera Blanca con el objeto de explotar y procesar el mineral de calizas organógenas para su utilización en la producción de cal, hidrato de cal y recebo para la construcción.
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POR CUANTO: La Empresa de Canteras de La Habana ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de ampliación del uso del mineral de caliza para la obtención de carbonato y árido para su utilización en la construcción.
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POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar al Ministro de la Industria Básica que autorice la ampliación del uso del mineral de caliza para la obtención de carbonato y árido para su utilización en la construcción.
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POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de la Industria Básica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de mayo de 1983.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Autorizar a la Empresa de Canteras ampliar los usos del mineral de caliza autorizados mediante la Resolución No. 316 de 13 de diciembre de 2000, del que resuelve, y extenderlos a la obtención de carbonato y árido para su utilización en la construcción.
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SEGUNDO: El concesionario en el término de un año a partir del otorgamiento de la resolución de ampliación de uso deberá introducir los cambios tecnológicos necesarios en la planta de modo que se pueda lograr un aprovechamiento de la materia prima por encima del 60 %.
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TERCERO: El concesionario pagará una regalía del 3% del valor de venta de la producción obtenida de carbonato y de 1% para la producción de árido para la construcción.
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CUARTO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos en la Resolución No. 316 de 13 de diciembre de 2000, del que resuelve, con excepción de lo dispuesto en los Apartados anteriores de la presente Resolución son de aplicación a la ampliación del uso del mineral que se autoriza.
NOTIFIQUESE a la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al concesionario.
COMUNIQUESE a cuantas más personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 16 días del mes de febrero del 2004.
Marcos Portal León
Ministro de la Industria Básica
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