Resolución 47/06

Reconocimiento del nivel de Técnico en Enfermería

Organismo
Ministerio de Educación
Fecha emisión
2006-04-27
Publicada en
Gaceta No. 62 Ordinaria de 2006 (2006-08-30)
Páginas
17
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La Resolución No. 47/06 del Ministerio de Educación regula el reconocimiento del nivel de Técnico en Enfermería. Esta norma es emitida por el Ministerio de Educación en virtud de sus facultades para dirigir y controlar la política educacional en Cuba.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 47/06

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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Educación en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 4006, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 25 de abril de 2001, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad educacional.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994 dictado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros establece los deberes, atribuciones y funciones comunes a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado.

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POR CUANTO: El Ministerio de Salud Pública ha solicitado el reconocimiento del nivel de técnico a los enfermeros que culminen el ciclo técnico de la Licenciatura en Enfermería.

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POR CUANTO: El Ministerio de Educación ha analizado la solicitud del Ministerio de Salud Pública y considera procedente aprobarla.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de fecha 25 de noviembre de 1990 el que resuelve fue designado Ministro de Educación.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Reconocer el nivel de Técnico en Enfermería a los alumnos de Licenciatura en esa especialidad que terminaron sus estudios en el curso escolar 2003-2004 y a los que se gradúen en los sucesivos, y culminen el ciclo técnico de esa carrera.

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SEGUNDO: Autorizar el Sistema de Evaluación que se aplica en el Ministerio de Educación Superior en estos centros, teniendo en cuenta que estos estudiantes se subordinan a la Educación Médica Superior, y el modelo de formación concibe dos salidas, por lo que en la Certificación de Estudios Terminados las evaluaciones se reflejarán en base a la escala de dos a cinco.

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TERCERO: Disponer que por los directores provinciales de Educación se realice el control sistemático de lo que se establece por esta Resolución.

NOTIFIQUESE la presente a los directores provinciales de Educación y al Decano de la Facultad de Enfermería.

COMUNIQUESE a cuantas personas naturales o jurídicas proceda y archívese el original de la misma en la Asesoría Jurídica de este Ministerio.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en la ciudad de La Habana, a los 27 días del mes de abril de 2006.

Luis I. Gómez Gutiérrez

Ministro de Educación