Resolución 47/2007

Modificación de la Tasa por Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 10 Extraordinaria de 2007 (2007-02-27)
Páginas
4
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La Resolución No. 47/2007 del Ministerio de Finanzas y Precios modifica la forma de pago de la Tasa por Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial. Esta tasa está regulada en la Ley No. 73 del Sistema Tributario de 1994. El Ministro de Finanzas y Precios establece cambios en el pago de esta tasa.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 47/2007

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POR CUANTO: La Ley No. 73, Del Sistema Tributario, de fecha 4 de agosto de 1994, establece en su Título IV, Capítulo III,

Artículo 64, la Tasa por la Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial.

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 169, De las Normas Generales y de Procedimientos Tributarios, de fecha 10 de enero de 1997, en su Disposición Final Tercera, inciso a), establece que el Ministro de Finanzas y Precios está facultado para, determinar la forma en que se pagarán las obligaciones tributarias y en su caso, cuando condiciones así lo aconsejen, el tipo de moneda en que se cumplirán dichas obligaciones.

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POR CUANTO: La Resolución No. 241, de fecha 21 de mayo de 2002, dictada por el Ministro de Finanzas y Precios, establece las regulaciones referentes a la Tasa por Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial, y en su Resuelvo Decimoquinto dispone que el pago de esta Tasa, se efectuará en la moneda en que el sujeto de la misma, realice sus operaciones.

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POR CUANTO: Se ha decidido establecer el pago en moneda nacional por la Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial a las empresas cubanas y en consecuencia, se hace necesario modificar el Resuelvo decimoquinto de la Resolución mencionada en el Por Cuanto precedente.

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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Modificar el Resuelvo Decimoquinto de la