Resolución 479/09
La Resolución No. 479/09 del Ministerio de la Industria Alimentaria regula la pesca del camarón rosado. Establece medidas para la explotación sostenible de este recurso, incluyendo la conclusión del período de veda y la implementación de medidas de manejo pesquero. La norma es emitida por la Ministra de la Industria Alimentaria, María del Carmen Concepción González.
- Concluir el período de veda para el camarón rosado Farfantepenaeus notialis a partir del 11 de enero de 2010 (Artículo PRIMERO).
- Realizar cruceros de prospección para determinar la estructura de tallas de la población antes de la fecha de levante de la veda (Artículo SEGUNDO).
- Uso obligatorio del chinchorro prototipo E3 con aditamentos de escape de peces en empresas pesqueras industriales (Artículo TERCERO).
- Limitar el esfuerzo de pesca a 26 embarcaciones (Artículo CUARTO).
- Prohibir actividades pesqueras en zonas de desove y cría de la especie (Artículo QUINTO).
Texto íntegro
## Contents
Información en este número
MINISTERIO
Ministerio de la Industria Alimentaria
R. No. 479/09
MINISTERIO
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INDUSTRIA ALIMENTARIA
RESOLUCION No. 479/09
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POR CUANTO: En virtud del Decreto-Ley No. 264 de fecha 2 de marzo de 2009 se creó el Ministerio de la Industria Alimentaria, el cual es continuador y se subroga en lugar y grado de los ministerios de la Industria Alimenticia y de la Industria Pesquera que, al amparo del mismo cuerpo legal, se extinguen.
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POR CUANTO: El Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, de conformidad con lo establecido por el Decreto-Ley No. 147 de fecha 21 de abril de 1994, y mediante el inciso 4 de su Apartado Tercero faculta a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado a dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.
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POR CUANTO: La Resolución No. 99 de fecha 22 de abril de 2009, dictada por quien resuelve, dispuso la suspensión de las pesquerías de la especie comúnmente conocida como camarón en las cuadrículas de pesca ubicadas en Playa Florida, en la zona sur de la provincia de Camagüey.
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 164 de fecha 28 de mayo de 1996, Reglamento de Pesca, en su
Artículo 4 establece que la Comisión Consultiva de Pesca es el máximo órgano consultivo del extinto Ministerio de la Industria Pesquera en materia de ordenamiento y administración de los recursos acuáticos de las aguas marítimas y terrestres.
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POR CUANTO: La Secretaría de la Comisión Consultiva de Pesca, conociendo que en el período comprendido entre noviembre y febrero ocurre la entrada del reclutamiento principal de la especie comúnmente conocida como camarón rosado Farfantepenaeus notialis y teniendo en cuenta que la estructura de su talla debe estar por encima de la talla de primera maduración garantizándose así el desove de las hembras una vez en su ciclo de vida, así como la necesidad de garantizar la explotación sostenible del recurso, ha decidido concluir el período de veda establecido para la especie protegiendo a su vez las zonas de desove y cría de la misma, tal y como se dispone en los apartados de la presente.
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POR CUANTO: La que resuelve ha sido designada Ministra de la Industria Alimentaria en virtud de Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 2 de marzo de 2009.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Concluir a partir del 11 de enero de 2010 el periodo de veda establecido para la especie comúnmente denominada camarón rosado Farfantepenaeus notialis.
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SEGUNDO: Realizar por las empresas autorizadas, previo a la fecha de levante de la veda, los cruceros de prospección, para determinar la estructura de tallas de la población.
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TERCERO: Establecer el uso obligatorio del chinchorro prototipo E3 con los aditamentos de escape de peces en las empresas pesqueras industriales EPIVILA, EPICAM, EPISUR y EPIGRAN.
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CUARTO: Limitar el esfuerzo de pesca a 26 embarcaciones.
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QUINTO: Prohibir las actividades pesqueras en cualquiera de sus modalidades en Júcaro en las cuadrículas que a continuación se relacionan correspondientes a la zona de desove de la especie (82, 83, 84, 73, 72, 61, 49 y 60) y en las de la zona de cría (94, 95, 96 y 85).
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SEXTO: Derogar la Resolución No. 99/09 a la que se refiere el tercero Por Cuanto de la presente.
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SÉPTIMO: El cierre de la pesquería se hará de forma escalonada, teniendo en cuenta los resultados de dicha actividad que se presenten en cada una de las empresas pesqueras involucradas y los índices independientes de la pesquería obtenidos de los muestreos de prospección.
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OCTAVO: Autorizar al Centro de Investigaciones Pesqueras, en forma abreviada CIP, adscrito a este Ministerio, a realizar muestreos de la especie camarón con fines de investigación científica.
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NOVENO: Responsabilizar a la Oficina Nacional de Inspección Pesquera, en forma abreviada ONIP, con el control del cumplimiento de lo que la presente dispone.
Comuníquese la presente a los viceministros y a la Jefa del Departamento Independiente de Ciencias del Nivel Central de este Ministerio; al Director del Grupo Empresarial Pesquero Industrial PESCACUBA, a los directores generales de las empresas EPICIEN, EPISUR, EPIVILA, EPICAM y EPIGRAM subordinadas a dicho Grupo; al Director de la Oficina Nacional de Investigaciones Pesqueras, en forma abreviada ONIP, al Director del Centro de Investigaciones Pesqueras, en forma abreviada CIP y a cuantas otras personas naturales o jurídicas sea procedente.
Dése cuenta a la Secretaría del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros; a la Jefatura de la Dirección General de Tropas Guardafronteras del Ministerio del Interior; al Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y al Presidente de la Federación Cubana de Pesca Deportiva.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
Archívese el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
Dada en Playa, Ciudad de La Habana, a los 18 días del mes de diciembre de 2009.
María del Carmen Concepción González
Ministra de la Industria Alimentaria