Resolución 20/06

Creación de la Empresa de Confecciones Textiles de Ciudad de La Habana

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2006-02-28
Publicada en
Gaceta No. 49 Ordinaria de 2006 (2006-07-17)
Páginas
18
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La Resolución No. 20/06 del Ministerio de la Construcción crea la Empresa de Confecciones Textiles de Ciudad de La Habana. Esta norma regula la creación y objeto empresarial de la nueva empresa. El Ministerio de la Industria Ligera emite esta resolución.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 20/06

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POR CUANTO: De conformidad con lo regulado en las Disposiciones Finales Sexta y Séptima del Decreto-Ley No. 147, “De la Reorganización de los organismos de la Administración Central del Estado”, de 21 de abril de 1994, el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, adoptó en fecha 25 de noviembre del propio año, el Acuerdo No. 2817, por el cual se aprobaron con carácter provisional los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, facultándolos en el apartado tercero numeral 4, para dictar, en el marco de sus facultades y competencia, resoluciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

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POR CUANTO: Mediante Acuerdo No. 2818, de fecha 28 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se facultó en el inciso 7 de su Apartado Segundo, al Ministerio de Economía y Planificación, para autorizar la creación, traspaso, fusión y extinción de las empresas, uniones de empresas y cualquier otro tipo de organización económica o unidad presupuestada, oído el parecer de los Ministerios de Finanzas y Precios, de Trabajo y Seguridad Social, de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y de otros organismos según corresponda.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 103, de fecha 13 de marzo de 1997 del Ministerio de Economía y Planificación, se aprobaron las Normas y el Procedimiento para la presentación de propuestas de creación, fusión, traspaso y extinción de empresas, uniones de empresas y cualquier otro tipo de organización o unidad presupuestada, y a través de la Resolución No. 100, de fecha 25 de abril de 2000 del referido organismo, se adicionó a las Normas y Procedimiento anexos a la mencionada disposición, la información financiera requerida en las propuestas de creación, fusión y extinción de entidades para lograr un mejor análisis de los citados movimientos organizativos.

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POR CUANTO: La que suscribe, solicitó al Ministerio de Economía y Planificación, autorización para crear la Empresa de Confecciones Textiles de Ciudad de La Habana y precisar su objeto empresarial, disponiéndose su aprobación mediante la Resolución No. 2662, de fecha 27 de diciembre de 2005 del referido Organismo, la que surte efectos legales a partir del 1 ro. de enero de 2006.

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POR CUANTO: La que resuelve fue designada Ministra del Ministerio de la Industria Ligera, por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 27 de octubre de 2003.

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POR TANTO: En uso de las atribuciones que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Disponer la creación de la Empresa de Confecciones Textiles de Ciudad de La Habana, integrada a la Unión de Confecciones Textiles, siendo su domicilio legal, el que a continuación se detalla:

DOMICILIO LEGAL: Calle Quinta No. 30 entre A y Rotaria, Reparto Habana Nueva, Municipio Guanabacoa, Provincia Ciudad de La Habana.

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SEGUNDO: Precisar el Objeto Empresarial de la Empresa de Confecciones de Ciudad de La Habana, siendo a todos los efectos legales el siguiente:

OBJETO EMPRESARIAL:

- — Producir, bordar y comercializar, de forma mayorista todo tipo de confecciones, en pesos moneda nacional y pesos cubanos convertibles.

- — Bordar, estampar y comercializar de forma mayorista, gorras y otros artículos similares, en pesos moneda nacional y pesos cubanos convertibles.

- — Prestar servicios de estampado y bordado, en pesos moneda nacional y pesos cubanos convertibles.

- — Comercializar de forma mayorista, los desechos de materias primas y materiales recuperables, en pesos moneda nacional y pesos cubanos convertibles.

- — Comercializar de forma mayorista, productos ociosos y de lento movimiento, en pesos moneda nacional.

- — Comercializar de forma mayorista, desechos de papel y cartón y materiales a las empresas de la Unión de Recuperación de Materias Primas, en pesos moneda nacional y pesos cubanos convertibles.

- — Brindar servicios de alimentación y transportación de personal a sus trabajadores, en pesos moneda nacional.

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TERCERO: La presente Resolución surte efectos legales a partir de la fecha de su notificación.

- Notifíquese la presente a los Directores Generales de la Unión de Confecciones Textiles y la Empresa de Confecciones Textiles de Ciudad de La Habana, así como a cuantas personas naturales y/o jurídicas proceda. Comuníquese al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, al Ministerio de Economía y Planificación, al Registro Estatal de Empresas y Unidades Presupuestadas (REEUP) y a la Dirección de Organización y Perfeccionamiento Empresarial del Organismo.

Archívese el original en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas a cargo de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

Dada en Ciudad de La Habana, Ministerio de la Industria Ligera, a los 28 días del mes de febrero de 2006.

Estela M. Domínguez Ariosa

Ministra de la Industria Ligera