Resolución 48
Texto íntegro
GOC-2019-640-EX15 RESOLUCIÓN 48
POR CUANTO: Se ha decidido incrementar el salario de los trabajadores que laboran en el sector presupuestado, para estimular la responsabilidad por desempeñar cargos de dirección y la promoción a cargos en los organismos de la Administración Central del Estado y los órganos de Gobierno, por lo que resulta procedente dejar sin efecto determinados preceptos de las resoluciones número 3, que establece la relación de cargos técnicos, grupos de complejidad, nivel de utilización y requisitos de calificación formal del sistema nacional de auditoría, del 9 de febrero de 2018, y número 13, que aprueba las normas de procedimiento para el control y registro de la estimulación económica para el personal técnico especializado, vinculado directamente a la actividad de auditoría, del 23 de abril de 2000, así como derogarla Resolución No. 17, que establece los grupos de complejidad para los cargos técnicos del sistema nacional de auditoría en el sistema nacional de salud, del 10 de septiembre de 2018, dictadas por el ministro de Trabajo y Seguridad Social, para adecuar sus disposiciones a los cambios aprobados.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me han sido conferidas en el artículo 145, inciso d), de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Establecer para su aplicación en el sector presupuestado, los grupos de complejidad, de los cargos técnicos del sistema nacional de auditoría de la manera siguiente:Cargos Grupo Complejidad Nivel de utilización Auditor asistente X Todas las estructuras del sistema nacional de auditoría Auditor adjunto XVAuditor principal XViXVii Unidades centrales de auditoría interna
150 GACETA OFICIAL 22 de julio de 2019 Cargos Grupo Complejidad Nivel de utilización Auditor supervisor XVii Unidad de auditoría internaXViii Unidades centrales de auditoría interna
SEGUNDO: Aprobar para los cargos técnicos del sistema nacional de auditoría en las direcciones autorizadas a realizar la auditoría externa, los cargos y grupos de complejidad siguientes:Cargos Grupo Complejidad Auditor asistente externo Xii Auditor adjunto externo XViii Auditor principal externo XiXAuditor supervisor externo XXiTERCERO: El pago por la Contribución Especial de la Seguridad Social se realiza según lo establecido por el ministro de Finanzas y Precios.
CUARTO: Se deja sin efecto de la Resolución No. 13, del ministro de Trabajo y Seguridad Social, del 23 de abril de 2000, la estimulación de 60 pesos que se concede al personal técnico especializado, vinculado directamente a la actividad de auditoría que labora en la actividad presupuestada.
QUINTO: Dejar sin efecto, para la actividad presupuestada, los grupos de complejidad de los cargos relacionados en el Anexo I de la Resolución No. 3, de la que suscribe, del 9 de febrero de 2018.
SEXTO: Derogar la Resolución No. 17, de la que suscribe, del 10 de septiembre de 2018.
SÉPTIMO: Lo dispuesto en la presente Resolución se aplica a partir del 1 de julio con los pagos de salarios que se realizan en el mes de agosto de 2019. DÉSE CUENTA a los jefes de órganos y organismos de la Administración Central del Estado. COMUNÍQUESE a los secretarios generales de los sindicatos nacionales y a cuantas personas deban conocerla.
ARCHÍVESE el original de la presente en el protocolo de resoluciones generales que obra en la Dirección Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Dada en La Habana, a los 19 días del mes de julio de 2019.Margarita M. González Fernández