Resolución 48
La Resolución No. 48 del Ministerio de Energía y Minas prorroga el permiso de reconocimiento para la Empresa Geominera del Centro en el área denominada Magnesita Villa Clara, ubicada en Villa Clara. La prórroga tiene como objetivo concluir trabajos de reconocimiento y delimitar áreas perspectivas.
- La prórroga otorgada es de 6 meses, hasta el 28 de noviembre de 2020.
- El permisionario debe adoptar medidas para minimizar efectos sobre la flora y recursos naturales en la zona.
- Se debe contactar con la Delegación Municipal de la Agricultura para informar sobre la prórroga.
- El permisionario debe cumplir con las Leyes 76, 81, 124 y 85, y su legislación complementaria.
- Los términos de la Resolución 50 de 2019 son de obligatorio cumplimiento, salvo los que se opongan a esta resolución.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 48
POR CUANTO: De conformidad con la disposición final segunda de la Ley 76, “Leyde Minas”, del 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministro de la Industria Básica, hoyde Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecu-ción de esta Ley.
POR CUANTO: La Empresa Geominera del Centro, ha solicitado una prórroga porseis (6) meses del permiso de reconocimiento otorgado por la Resolución 50, de 13 demayo de 2019, del Ministro de Energía y Minas, en el área denominada Magnesita Villa Clara, ubicada en el municipio Santa Clara de la provincia de Villa Clara, con el objetivode realizar trabajos de reconocimiento para el mineral magnesita.
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales, oídos los criterios de losorganismos correspondientes, ha considerado conveniente en su dictamen recomendar alque resuelve, otorgue la prórroga solicitada para concluir los trabajos de reconocimiento,delimitar las áreas perspectivas y entregar el informe final.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en elartículo 145, inciso e) de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Otorgar a la Empresa Geominera del Centro una prórroga al término delpermiso de reconocimiento en el área denominada Magnesita Villa Clara, ubicada en elmunicipio Santa Clara de la provincia de Villa Clara, para concluir los trabajos de reco-nocimiento, delimitar las áreas perspectivas y entregar el informe final.
SEGUNDO: La prórroga que se otorga está vigente hasta el 28 de noviembre de 2020.
TERCERO: El permisionario está obligado a:
1. Adoptar las medidas pertinentes para minimizar los efectos sobre la flora y los recur-sos naturales del área, atendiendo a que la zona sureste tiene incidencia en la zona deamortiguamiento del área protegida, Reserva Florística Manejada Sabana de Santa Clara.
2. Contactar con los funcionarios de la Delegación Municipal de la Agricultura, a losefectos de dar a conocer la prórroga que se autoriza.
CUARTO: Además de lo dispuesto en la presente Resolución, el permisionario estáobligado a cumplir todas las disposiciones contenidas en las Leyes 76, “Ley de Minas”,de 21 de diciembre de 1994 y su legislación complementaria, la 81, “Del Medio Ambien-te”, de 11 de julio de 1997; la 124, “De las aguas terrestres”, de 14 de julio de 2017, sulegislación complementaria y la 85, “Ley Forestal”, de 21 de julio de 1998.
QUINTO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución 50,de 13 de mayo de 2019, del Ministro de Energía y Minas, son de obligatorio cumplimien-to para el permisionario, con excepción de los que se opongan a lo establecido en losapartados anteriores de la presente Resolución.
NOTIFÍQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales yal Director General de la Empresa Geominera del Centro.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 26 días del mes de mayo de 2020. “Año 62 de la Revolución”.
Nicolás Liván Arronte Cruz
Ministro
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