Resolución 49
Texto íntegro
Decreto-Ley número 147 “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado” de fecha 21 de abril de 1994, el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros adoptó el Acuerdo número 2832 con fecha 25 de noviembre del mismo año, mediante el cual aprobó con carácter provisional hasta tanto sea adoptada la nueva legislación, el objetivo y las atribuciones específicas del Ministerio del Transporte, el que en su Apartado Segundo expresa que es el organismo encargado de dirigir, ejecutar y controlar la política del Estado y del Gobierno en cuanto al transporte terrestre, marítimo y fluvial, sus servicios auxiliares y conexos y la navegación civil marítima.
POR CUANTO: Por la Resolución Conjunta MINCEX- MITRANS Número 1, dictada por los Ministros de Comercio Exterior y del Transporte, con fecha 17 de diciembre de 1993, se dispuso la reorganización del sistema de expedición portuaria de mercancías de importación, definiéndose como lugar de entrega de las mismas, el puerto o puertos convenidos entre el importador y el comprador interno dentro del contrato de suministros de mercancías de importación, debiendo el comprador interno extraerlas mediante la presentación de la “Declaración de Mercancías”, previamente habilitada por la Aduana General de la República.
POR CUANTO: Por la Resolución Número 76, dictada por el Ministro del Transporte con fecha 29 de abril de 1994 “Normas Generales de la Carta de Porte”, se estableció el uso de una autorización u orden de carga, para que los destinatarios pudieran extraer de los puertos y de los centros de carga y descarga ferroviarios, con sus propios medios, las mercancías a ellos asignadas.
POR CUANTO: Las experiencias obtenidas en la aplicación de las disposiciones señaladas, aconsejan establecer un procedimiento documentario, que le garantice a los operadores de los puertos, la entrega de las mercancías a las personas que hayan sido autorizadas para recibirlas, mediante la presentación de la Declaración de Mercancías, o en su defecto, de una Orden de Carga.
POR CUANTO: El propio órgano de Gobierno consignado en el Primer Por Cuanto de la presente disposición, a través del Acuerdo número 2817 de igual fecha y por los mismos fundamentos, aprobó los deberes, atribuciones y funciones comunes de los Organismos de la Administración Central del Estado y de sus jefes y con respecto a estos últimos el apartado TERCERO, numeral 4 establece el de: “Dictar en el limite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo y en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, el privado y la población.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba de fecha 19 de junio del 2003, se promovió y designó en el cargo de Ministro del Ministerio del Transporte al que resuelve.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :PRIMERO: Establecer la “Orden de Carga”, como documento de uso general y obligatorio, para poder extraer mercancías de los puertos por parte de los propietarios de las mismas.
SEGUNDO: La “Orden de Carga”, a que se refiere el apartado precedente, es una autorización que se emite por el comprador interno consignado en el modelo “Declaración de Mercancías”, o por la persona autorizada que actúe en su nombre, para que el operador del puerto proceda a entregar y cargar las mercancías en un vehículo determinado, en la fecha, en la cantidad y tipo de producto que se hayan descrito en dicho documento.
TERCERO: La “Orden de Carga” se reproducirá en un modelo impreso por el Ministerio del Transporte, atendiendo al formato que se adjunta como parte integrante de la presente Resolución. La misma contendrá la siguiente información: 1. Fecha de emisión del documento. 2. Número de orden consecutivo del documento, impreso o foliado en el mismo. 3. Nombre del comprador interno y dirección de su domicilio. 4. Nombre y dirección de la terminal portuaria. 5. Fecha en que se autoriza realizar las operaciones de carga. 6. Cantidad, clase o tipo de producto que se autoriza cargar. 7. Nombre del buque y número de su manifiesto, del conocimiento de embarque y de la declaración de mercancías. 8. Nombre del destinatario y dirección del lugar donde se descargarán las mercancías. 9. Números de la Chapa de Identificación del vehículo, de su Comprobante de Licencia de Operación de Transporte y de su Hoja de Ruta. 10. Número de la Carta de Porte, de tratarse de un vehículo contratado. 11. Nombre y apellidos del conductor del vehículo y números de su carné de identidad y de su licencia de conducción. 12. Nombre y apellidos, cargo, número del carné de identidad y firma del representante del comprador interno que autoriza. 13. Cuño oficial del comprador interno.
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CUARTO: La “Orden de Carga” se emite en original y copia: el original para entregar al operador del puerto en el momento en que se solicite la entrega de las mercancías y la copia para el comprador interno que la emite. El operador portuario archivará la “Orden de Carga” conjuntamente con la Remisión de Salida que ampara la carga expedida. El comprador interno la archivará atendiendo a su número de orden consecutivo.
QUINTO: No se requerirá presentar la “Orden de Carga” cuando el vehículo enviado a cargar deba extraer en un solo viaje la totalidad de la carga que ampara la “Declaración de Mercancías”. En este caso el operador portuario realizará la entrega mediante la presentación del modelo “Declaración de Mercancías”, habilitado por la Aduana.
SEXTO: A los efectos de verificar la autenticidad de la “Orden de Carga”, el comprador interno le entregará al operador del puerto y a la Aduana la relación de nombres y apellidos y firmas de las personas autorizadas para emitirla.
SÉPTIMO: Se deroga expresamente el
Artículo 7 de la Resolución Ministerial Número 76, “Normas Generales sobre la Carta de Porte”, de fecha 29 de abril de 1994, y cuantas disposiciones de igual o inferior categoría normativa se opongan o limiten lo que por la presente se dispone, la que comenzará a regir a partir del 1 ro. de septiembre del 2004. NOTIFIQUESE la presenta Resolución a los organismos de la Administración Central del Estado, a los Consejos de la Administración Provincial del Poder Popular y del Municipio Especial Isla de la Juventud, a la Aduana General de la República, y a cuantas mas personas naturales o jurídicas proceda. COMUNIQUESE la presente Resolución a los Viceministros, al Inspector General del Transporte y a los Directores del Organismo Central que deban conocerla.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en la ciudad de La Habana, a los 21 días del mes de julio del 2004.Carlos Manuel Pazo Torrado Ministro del TransporteANEXO“O R D E N D E C A R G A”Fecha de Emisión___________________________________No. de Orden ________________________________________ Nombre del Comprador Interno___________________________________________________________________________ Domicilio____________________________________________________________________________________________ Se autoriza cargar en__________________, el día____________________, las mercancías que a continuación se relacionan:Tipo de Producto Siglas y Número del Contenedor Cantidad de Bultos Peso Bruto Nombre del Buque__________________________________Mfto No.__________B/L No.__________D/M No.__________ Con destino a_________________________________________________________________________________________ Nombre del Destinatario ________________________________________________________________________________ Vehículo Perteneciente a________________________________________________________________________________Chapa No.________________LOT No.________________Hoja Ruta No._______________Carta Porte No._____________ Conducido por________________________________________________________________________________________ Carné Identidad No. ________________________________Licencia de Conducción No._____________________________ Nombre y apellidos del representante del Comprador Interno____________________________________________________ No. Carné de Identidad______________________________Cargo_______________________________________________ Firma___________________________________________Cuño Oficial
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