Resolución 49
La Resolución No. 49/2019 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la presentación de los Estados Financieros Agregados y Consolidados para el ejercicio fiscal 2019. Establece las fechas para la entrega de estos estados al Ministerio y define el contenido y carácter de la información a presentar.
- La Resolución establece las fechas de entrega de los Estados Financieros al Ministerio de Finanzas y Precios, según el mes y tipo de organismo.
- Los OACE y OSDE sin unidades presupuestadas subordinadas deben entregar la información el día 18 del mes siguiente.
- Los OACE y OSDE con unidades presupuestadas subordinadas y los Órganos Locales del Poder Popular tienen plazos específicos para la entrega de información.
- La información de cierre de ejercicio debe ser entregada el 20, 23 y 23 de enero de 2020, según corresponda.
- La información de unidades presupuestadas y organismos tiene carácter de liquidación de presupuesto, mientras que la de órganos locales del Poder Popular tiene carácter provisional hasta la aprobación de la liquidación del presupuesto.
Texto íntegro
GOC-2019-268-O18 RESOLUCIÓN No. 49/2019
POR CUANTO: El Acuerdo No. 8301, de 26 de enero de 2018, del Consejo de Minis-tros, en su apartado Primero, numeral 8, establece entre las funciones específicas de este Organismo, la política de contabilidad y de costos para todos los sectores de la economía y el sistema de contabilidad gubernamental; así como dirigir y controlar su ejecución.
POR CUANTO: La Resolución No. 235, de 30 de septiembre de 2005, emitida por la ministra de Finanzas y Precios, pone en vigor las Normas Cubanas de Información Finan-ciera como base para el registro de los hechos económicos.
POR CUANTO: Teniendo en cuenta el perfeccionamiento alcanzado en el Sistema de Contabilidad Gubernamental, resulta necesario actualizar los plazos de presentación de los Estados Financieros Agregados y Consolidados al Ministerio de Finanzas y Precios, para el ejercicio fiscal 2019.
POR TANTO: En el ejercicio de la atribución que me está conferida en el artículo 100, inciso a), de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :PRIMERO: Establecer las fechas para la entrega de los Estados Financieros del Siste-ma de Contabilidad Gubernamental y sus notas al Ministerio de Finanzas y Precios para el año 2019.
676 GACETA OfICIAL 5 de marzo de 2019 Información acumulada hasta Mes de entrega de la información OACE y OSDE sin unidades presupuestadas subordinadas OACE y OSDE con unidades presupuestadas subordinadas Órganos Locales del Poder Popular Enero Febrero 18 18 19 Febrero Marzo 11 14 19 Marzo Abril 9 12 17 Abril Mayo 10 15 20 Mayo Junio 11 14 19 Junio Julio 9 12 17 Julio Agosto 9 14 19 Agosto Septiembre 10 13 18 Septiembre Octubre 9 15 18 Octubre Noviembre 11 14 19 Noviembre Diciembre 10 13 18 Diciembre Cierre del ejercicio (Enero/2020) 20 23 23
SEGUNDO: La información de las unidades presupuestadas, organismos de la Ad-ministración Central del Estado y organizaciones superiores de Dirección Empresarial correspondiente al cierre de ejercicio incluye la información acumulada hasta diciembre y tiene carácter de liquidación de presupuesto de ese nivel presupuestario.
TERCERO: La información de los órganos locales del Poder Popular correspondiente al cierre de ejercicio incluye la información acumulada hasta diciembre y tiene carácter provisional hasta tanto se reciba en este Ministerio la notificación de la aprobación de la liquidación del presupuesto en las asambleas correspondientes.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 14 días del mes de febrero de 2019.Meisi Bolaños Weiss Ministra de Finanzas y Precios________________INDUSTRIA ALIMENTARIA