Resolución 506
La Resolución No. 506 del Ministerio del Comercio Exterior autoriza la renovación de la licencia a la firma italiana DR.ING.GIOVANNI TOGNOZZI COSTRUZIONE IN CEMENTO ARMATOE IDRAULICHE S.P.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- Se autoriza la renovación de la licencia a la firma italiana DR.ING.GIOVANNI TOGNOZZI COSTRUZIONE IN CEMENTO ARMATOE IDRAULICHE S.P.A.
- El objeto de la sucursal será la realización de actividades comerciales relacionadas con mercancías descritas en el Anexo No. 1.
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial.
- La licencia no autoriza realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto servicios de post-venta y garantía.
- Se deroga la Resolución No. 413 de fecha 2 de noviembre de 2004.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 506 de 2004
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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior.
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POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de renovación de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
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POR CUANTO: Por Resolución No. 413 de fecha 2 de noviembre del 2004, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, fue denegada la solicitud de renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras a la firma italiana DR.ING.GIOVANNI TOGNOZZI COSTRUZIONE IN CEMENTO ARMATOE IDRAULICHE S.P.A.
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POR CUANTO: Han sido aportados nuevos elementos de cuya valoración se concluye procedente acceder a la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras a la firma italiana DR.ING.GIOVANNI TOGNOZZI COSTRUZIONE IN CEMENTO ARMATOE IDRAULICHE S.P.A.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la firma italiana IMPRESA DR.ING.GIOVANNI TOGNOZZI COSTRUZIONE IN CEMENTO ARMATOE IDRAULICHE S.P.A.
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SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la firma Impresa Dr.Ing.Giovanni Tognozzi Costruzione in Cemento Armatoe Idrauliche S.p.A., en Cuba, a partir de la renovación de la Licencia, será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mercancías que a nivel de capítulos se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
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TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes:
- — Importar y exportar directamente, con carácter comercial.
- — Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de post-venta y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior.
- — Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
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CUARTO: Se deroga la Resolución No. 413, de fecha 2 de noviembre del 2004, dictada por el Ministro del Comercio Exterior.
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QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
- COMUNIQUESE la presente Resolución a los Viceministros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la presente Resolución al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la República, a la Empresa para la Prestación de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compañía ACOREC S.A., a la Dirección de Inmigración y Extranjería, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publíquese en la Gaceta Ofi-
- cial para general conocimiento y archívese el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los catorce días del mes de diciembre de dos mil cuatro.
Raúl de la Nuez Ramírez
Ministro de Comercio Exterior
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