Resolución 494/2006
La Resolución No. 494/2006 del Ministerio de Economía y Planificación regula el levantamiento del parque de equipos agrícolas y de transporte de carga en Cuba. Esta norma tiene como objetivo conocer el estado técnico, las principales características y las actividades que realizan estos equipos, así como la carga de trabajo requerida en cada entidad.
- Se realizará un censo del parque de camiones y tractores en todas las entidades del país, tanto estatales, mixtas como privadas.
- El censo se llevará a cabo durante octubre y noviembre de 2006.
- Los directores de las entidades responden por la veracidad de la información recogida a través de modelos establecidos por la Oficina Nacional de Estadísticas.
- Las comisiones territoriales de los consejos de la Administración provinciales y municipales del Poder Popular son responsables de garantizar la calidad del trabajo, incluyendo la validación de la demanda presentada por las entidades.
Texto íntegro
## Contents
Información en este número
MINISTERIO
Ministerio de Economía y Planificación
R. No. 494/06
MINISTERIO
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ECONOMIA Y PLANIFICACION
RESOLUCION No. 494/2006
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POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación fue creado mediante el
Artículo 1 del Decreto-Ley No. 147 “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado” de 21 de abril de 1994, como uno de dichos organismos, en tanto que, mediante su
Artículo 3, adscribió la Oficina Nacional de Estadísticas al sistema de este Ministerio.
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POR CUANTO: El Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, para control administrativo Acuerdo No. 2817, de 25 de noviembre de 1994 en su Apartado Tercero, inciso 4, autoriza a los jefes de los expresados organismos para dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.
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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Economía y Planificación orientar la política en relación con la distribución de los recursos materiales principales, evaluando el comportamiento de los principales y sus efectos en las actividades básicas del país, así como elaborar los balances de combustible, energía eléctrica, alimentos y otros recursos fundamentales de la economía, según lo dispuesto en el inciso 9 del Apartado Segundo del Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, para control administrativo Acuerdo No. 2818, de 25 de noviembre de 1994.
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POR CUANTO: El inciso 11 del Apartado Segundo del Acuerdo No. 3552, para control administrativo, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 5 de octubre de 1999 establece que corresponde a la Oficina Nacional de Estadísticas dirigir los procesos y ejecutar, según corresponda, los censos económicos y de población y encuestas económicas y sociales de carácter nacional, aprobar la realización de este tipo de investigaciones estadísticas a órganos y organismos de la Administración Central del Estado, cuando el carácter y el alcance lo requieran.
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POR CUANTO: Tomando en cuenta las decisiones adoptadas por la máxima dirección del país vinculadas con la revolución energética resulta indispensable ahorrar los portadores energéticos para lo cual es preciso, entre otras importantes medidas, verificar la información existente en el país en cuanto a la capacidad instalada de equipos agrícolas y de transporte de carga, así como las bases de cálculo exactas, que permitan conocer la necesidad real de los mismos en cada una de las entidades.
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POR CUANTO: El Ministerio de Economía y Planificación, con el apoyo de los trabajadores sociales, los ministerios del Transporte y de la Agricultura así como de la Oficina Nacional de Estadísticas ha sido encargado de organizar el levantamiento del parque de los mencionados equipos existentes en el país, con vistas a conocer el estado técnico, principales características y actividades que éstos realizan, así como la carga de trabajo requerida en cada una de las entidades, para determinar la necesidad de los mismos, teniendo en cuenta no solo el ahorro de combustible que nuevos equipos generarán, sino el uso eficiente y apropiado de todos los existentes.
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POR CUANTO: Por Acuerdo de 11 de mayo de 1995 del Consejo de Estado de la República de Cuba, fue designado el que resuelve para ocupar el cargo de Ministro de Economía y Planificación.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Realizar en todas las entidades del país, tanto estatales, mixtas como privadas, incluidas en el Registro Estatal de Empresas y Unidades Presupuestadas (REEUP) y en el Registro Mercantil, codificadas por la Oficina Nacional de Estadísticas, el censo del parque de camiones y tractores y la información relativa a las cargas que asimilan y actividades que realizan, el cual se llevará a cabo durante lo que resta del mes de octubre y el de noviembre de 2006.
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SEGUNDO: Los directores de las precitadas entidades responden por la veracidad de la información que se recoja en el proceso de captación de los datos, a través de los modelos establecidos por la Oficina Nacional de Estadísticas y
- otros que se utilizarán, a cuyo efecto deben firmar dichos modelajes garantizando así su validez.
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TERCERO: En cada centro informante debe quedar la debida evidencia a través de los registros primarios u otros instrumentos de la información que se brinde, la cual deberá ser mostrada cuando se solicite por alguna de las autoridades competentes.
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CUARTO: Las comisiones territoriales de los respectivos consejos de la Administración provinciales y municipales del Poder Popular de conjunto con los representantes de los organismos en cada territorio, son los máximos responsables de garantizar la calidad de este trabajo, incluyendo la validación de la demanda que se presente por las respectivas entidades.
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QUINTO: Esta Resolución entrará en vigor al momento de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.
COMUNIQUESE esta Resolución, a la Secretaría del Consejo de Ministros, a los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a los presidentes de los consejos de la Administración provinciales y Municipal de Isla de la Juventud del Poder Popular, al Fiscal General de la República, al Presidente del Tribunal Supremo Popular, a los viceministros, jefes de instituciones adscriptas, directores y jefes de departamentos independientes de este Ministerio, así como a cuantas más personas naturales y jurídicas proceda.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHIVESE el original debidamente firmado en el Departamento Independiente de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
DADA en la ciudad de La Habana, a los 18 días del mes de octubre de 2006.
José Luis Rodríguez García
Ministro de Economía y Planificación