Resolución 497
Texto íntegro
Resolución No. 200, dictada por el que resuelve en fecha 4 de junio de 1996, podrá solicitar la importación eventual de los productos que requiera, cuyas nomenclaturas no se aprueban por la presente.
-
SEXTO: La EMPRESA DE CONDUCTORES ELEC- TRICOS CONRADO BENITEZ, podrá exportar todos aquellos productos que no estén contenidos en el Anexo No. 1 de la Resolución 539 de fecha 12 de noviembre de 2001.
-
SÉPTIMO: A los efectos de la ejecución de la importación de las mercancías pactadas en los contratos de compraventa internacional suscritos por la Firma Comercial Importadora y Exportadora de Cables Eléctricos y Telefónicos, ELEKA, la misma mantendrá vigente su inscripción en el Registro Central de Aduanas por el término de noventa días contados a partir de la fecha de la presente Resolución.
-
OCTAVO: Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente Resolución.
COMUNIQUESE la presente Resolución al interesado, a la Aduana General de la República, al Ministerio de Finanzas y Precios y demás Organismos de la Administración Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Cámara de Comercio y a los Directores de Empresas. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba y archívese el original en la Dirección Jurídica.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los once días del mes de noviembre del dos mil dos.
Raúl de la Nuez Ramírez
Ministro del Comercio Exterior
________________