Resolución 499
La Resolución No. 499 del Ministerio de Energía y Minas prorroga la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Mármoles Cubanos en el área Botichino III Jiguaní, provincia de Granma. La prórroga tiene como objetivo concluir la exploración geológica para evaluar las potencialidades de las calizas como roca ornamental.
- La prórroga otorgada tiene vigencia hasta el 7 de febrero de 2020.
- El concesionario debe solicitar la Licencia Ambiental ante la Delegación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de Granma.
- Debe informar a la Empresa Agropecuaria Jiguaní sobre la prórroga autorizada.
- El concesionario debe cumplir con la Ley No. 76, Ley de Minas, y su legislación complementaria.
- También debe cumplir con la Ley No. 81, Del Medio Ambiente, la Ley No. 124, De las aguas terrestres, y la Ley No. 85, Ley Forestal.
Texto íntegro
GOC-2019-201-O9 RESOLUCIÓN No. 270/2018
POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley No. 301, de 9 de octubre de 2012, se crea el Ministerio de Energía y Minas, como organismo de la Administración Central del Estado encargado de proponer y, una vez aprobadas, dirigir y controlar las políticas del Estado y el Gobierno en los sectores energético, geológico y minero del país.
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda de la Ley No. 76, Ley de Minas, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al extinto Ministerio de la Industria Básica, hoy de Energía y Minas, para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: La Empresa Mármoles Cubanos ha solicitado una prórroga por un año al término de la concesión de investigación geológica otorgada mediante la Resolución No. 211, de 5 de diciembre de 2016, del ministro de Energía y Minas, en el área denominada Botichino III Jiguaní, ubicada en el municipio Jiguaní, provincia de Granma, para concluir la explora-ción geológica en el área con el objetivo de evaluar las potencialidades de las calizas como roca ornamental.
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales, oídos los criterios de los organismos correspondientes, considera conveniente en su dictamen recomendar al que resuelve otorgue la prórroga solicitada para continuar los trabajos autorizados.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el artículo 100, inciso a),, de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :PRIMERO: Otorgar a la Empresa Mármoles Cubanos una prórroga al término del derecho minero, otorgado mediante la Resolución No. 211, de 5 de diciembre de 2016, del ministro de Energía y Minas, en el área denominada Botichino III Jiguaní, ubicada en el municipio Jiguaní, provincia de Granma, para concluir la exploración geológica en el área, con el objetivo de evaluar las potencialidades de las calizas como roca ornamental.
SEGUNDO: La prórroga que se otorga está vigente hasta el 7 de febrero de 2020.
TERCERO: El concesionario está obligado a: 1. Cumplir con el requerimiento de solicitud de la Licencia Ambiental ante la Delegación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de la provincia de Granma antes de continuar los trabajos y presentar el informe de cumplimiento de las medidas impuestas en la licencia; y 2. dar conocimiento a la Empresa Agropecuaria Jiguaní de la prórroga que se autoriza.
CUARTO: Además de lo dispuesto en la presente Resolución, el concesionario está obli-gado a cumplir todas las disposiciones contenidas en la Ley No. 76, Ley de Minas, de 21 de diciembre de 1994, y su legislación complementaria, así como con la Ley No. 81, Del Medio Ambiente, de 11 de julio de 1997; la Ley No. 124, De las aguas terrestres, de 14 de julio de 2017 y su legislación complementaria; y la Ley No. 85, Ley Forestal, de 21 de julio de 1998.
QUINTO: Los términos, condiciones y obligaciones dispuestos en la Resolución No. 211, de 5 de diciembre de 2016, del ministro de Energía y Minas, continúan siendo de obligatorio cumplimiento para el concesionario, con excepción de los que se opongan a lo establecido en los apartados anteriores de la presente Resolución.
SEXTO: La presente Resolución entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
401 GACETA OFICIAL1 de febrero de 2019 NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al director general de la Empresa Mármoles Cubanos.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 3 días del mes de diciembre de 2018.Raúl García Barreiro Ministro de Energía y Minas________________