Resolución 23

Renovación de Licencia a ALUMINIOS PADRON, S.A.

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 24 Ordinaria de 2004 (2004-04-27)
Páginas
4–5
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La Resolución No. 23 del Ministerio del Comercio Exterior regula la renovación de la licencia a ALUMINIOS PADRON, S.A., una empresa española. El Ministerio del Comercio Exterior emite esta resolución en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 23 de 2004 R CUANTO: Corresponde al Ministerio del Com

- - - or, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N

- - - ado por el Comité Ejecutivo

- - - del Consejo de M cha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecut

- - - ar y controlicación de la política del Estado y del Gobierno en la actividad comercial exterior. CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril d

- POR e 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de ovación de Licencias

scrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba. POR CU

de Sociedades

, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presentada por la firma española ALUMINIOS PADRON, S.A

so de las fac

nferidas,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia en el Re

gistro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la firma española ALUMINIOS PADRON, S.A.

SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la firma ALUMINIOS PADRON, S.A.,

en Cuba, a partir de la ón de activ

cia, será la realizaci

merciales relacionadas con las mercancías que a nivel de Capítulos se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante

e Resolución.

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes: — Importar y exportar d con carác

irectamente,

Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de post-venta y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior. —

Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

te Resolución a los V

Ministerio del C tro Nacional de Su

de Comercio de la República de Cuba, quien queda responnotificar la presente Resolución al in

- los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exte

- ca, a la Empresa para la Prestación de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compañía ACOREC S.A., a la Dirección de Inmigración y Extranjería, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archí

- sma en la Dirección Jurídica.

DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los cinco días del mes de febrero de dos mil cuatro.Raúl de la Nuez Ramírez Ministro del Comercio Exterior

- RESOLUCION No. 24 de 2004

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Ex

- terior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior.

POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y

- Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de renovación de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a l

- a consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presentada por la firma españo

-

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la firma española FOOD MACHINERY ESPAÑOLA, S.A.(FOMESA).

SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la firma FOOD MACHINERY ESPAÑOLA, S.A.(FOMESA), en Cuba, a par

- tir de la renovación de la Licencia, será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mercancías que a nivel de Capítulos se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes: —

Importar y exportar directamente, con cará

Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de post-venta y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operacion

es de comercio exterior.

ortar mercancías en el territorio nael Registro Naciona

gado d de Sociedades Merc

queda responsabilizado del cump la presente Resolución.

QUESE la presente Resolución a

- tros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la presente Resolución al interesado; a los Directores de Empresas, al Minis

- cios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la República, a la Empresa para la Prestación de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compañía ACOREC S.A., a la Dirección de Inmigración y Extranjería, a ETECSA, al Registro

- cional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archívese el original de la misma en la Dirección Jurídica.

DADA en la ciudad de La Habana, Minis

- rcio Exterior, a los cinco días del mes de febrero de dos mil cuatro.

Raúl de la Nu

- Ministro del Comercio Exterior_______________