Resolución 5/2019
La Resolución No. 5/2019 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la sucursal de SACMI IMOLA, S.C., una compañía italiana, en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- Se autoriza la inscripción de la sucursal de SACMI IMOLA, S.C. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras (Artículo PRIMERO).
- El objeto de la sucursal es realizar actividades comerciales relacionadas con mercancías específicas (Anexo I).
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial (Artículo TERCERO, a).
- La licencia no autoriza realizar comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios (Artículo TERCERO, b).
- La licencia no autoriza distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional (Artículo TERCERO, c).
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 5/2019
POR CUANTO: El Decreto No. 206, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, de 10 de abril de 1996, establece el proce-dimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de li-cencias de las sucursales y agentes de sociedades mercantiles presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el ex-pediente incoado en virtud de la solicitud de inscripción de la licencia de la sucursal de la compañía italiana SACMI IMOLA, S.C. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso a), del artículo 100, de la Constitución de la República de Cuba,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la inscripción de la licencia de la sucursal de la compañía italia-na SACMI IMOLA, S.C. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía italiana SACMI IMOLA, S.C. en Cuba, a partir de su inscripción, será la realización de actividades comerciales relacio-nadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori-za la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, ex-cepto los servicios de posventa y garantía expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; y c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTA: La encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
434 GACETA OFICIAL 7 de febrero de 2019
DISPOSICIONES FINALESCom UnÍQUe Se a los viceministros, directores generales y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera; a la encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Co-mercio de la República de Cuba; al presidente de la Agencia de Contratación a Represen-taciones Comerciales, S.A.; al director de la Dirección de Inmigración y Extranjería; a la presidenta de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A.; al encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. DESE CUENTA a la Ministra de Finanzas y Precios, a la presidenta del Banco Central de Cuba y al jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil diecinueve.Rodrigo malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera ANEXO 1 NOmENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR ACTIVIDADES COmERCIALES A SACmI ImOLA S.C. Descripción Capítulo 27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bitumino-sas; ceras minerales Capítulo 34 Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, ceras para odontología y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas má-quinas o aparatos Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos________________