Resolución 5

Modificación del sistema salarial para trabajadores de instituciones asistenciales

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
2022-03-21
Publicada en
Gaceta No. 26 Extraordinaria de 2022 (2022-04-06)
Páginas
3–4
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La Resolución 5/2022 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social modifica el sistema salarial para trabajadores de instituciones asistenciales del Sistema Nacional de Salud. Esta norma es emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para mejorar la aplicación del sistema salarial.

Texto íntegro

GOC-2022-318-EX26 RESOLUCIÓN 5/2022

POR CUANTO: El Acuerdo 8332 del Consejo de Ministros, de 23 de marzo de 2018, dispone en su apartado Primero que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es el organismo de la Administración Central del Estado encargado de proponer, dirigir y con-trolar la política del Estado y el Gobierno en materia de trabajo, seguridad y salud en el trabajo, seguridad social y prevención, asistencia y trabajo social.

POR CUANTO: La Resolución 37, dictada por la que suscribe, de 25 de noviembre de 2020, establece el sistema salarial para los trabajadores de las instituciones asistenciales del Siste-ma Nacional de Salud, de la que resulta necesario modificar el apartado Séptimo, a los fines de su mejor aplicación.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Modificar el apartado Séptimo de la Resolución 37, dictada por la que suscribe, de 25 de noviembre de 2020, el que queda redactado de la manera siguiente: “SÉPTIMO: Establecer un pago adicional por impartir docencia para los médicos, es-tomatólogos y demás profesionales que no ocupen plazas docentes, de la forma siguiente: a) Según la categoría docente que ostente:Categorías docentes Cuantía mensual Profesor Titular 550 Profesor Auxiliar 440 Profesor Asistente 330 Instructor 220

790 GACETA OFICIAL 6 de abril de 2022 b) 550 pesos mensuales, sin sujeción a la categoría docente, para los médicos y estomatólogos vinculados a la docencia desde antes del año 1965, mientras mantengan el vínculo con la actividad.”

SEGUNDO: Dejar sin efecto el apartado Octavo de la Resolución 37, dictada por la que suscribe, de 25 de noviembre de 2020. DESE CUENTA a los ministros de Salud Pública, de Energía y Minas, de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, así como al Presidente del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación.COMUNÍQUESE a los gobernadores e intendentes, a los secretarios generales de los sindicatos nacionales de trabajadores de la Salud, de la Educación, la Ciencia y el Depor-te, de Energía y Minas, Civiles de la Defensa y a cuantas personas deben conocerla.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la presente en el protocolo de resoluciones generales que obra en la Dirección Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

DADA en La Habana, a los 21 días del mes de marzo de 2022.Marta Elena Feitó Cabrera Ministra________________