Resolución 5/2025

Extinguir concesión de explotación en Cayo Mono II

Organismo
Ministerio de Energía y Minas
Fecha emisión
2025-01-21
Publicada en
Gaceta No. 9 Ordinaria de 2025 (2025-02-19)
Páginas
10–11
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Resumen generado por IA

La Resolución 5/2025 del Ministerio de Energía y Minas extingue la concesión de explotación en Cayo Mono II, otorgada a Inversiones Gamma S.A. La norma es emitida por el Ministro de Energía y Minas según la Ley 76 "Ley de Minas" de 1994.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN 5/2025

POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.

POR CUANTO: Ha vencido el término otorgado por la Resolución 240, de 6 de agosto de 2008, del viceministro primero, del Ministerio de la Industria Básica, a la sociedad mercantil cubana Inversiones Gamma S.A. para una concesión de explotación en el área denominada Cayo Mono II, ubicada en el municipio de Varadero, provincia Matanzas, por el término de un año, con el objeto de explotar el mineral arena para su utilización en la rehabilitación de la playa Varadero; término que ha sido prorrogado sucesivamente mediante las resoluciones 410, de 9 de junio de 2010, de la ministra de la propia autoridad y, 209, de 18 de agosto de 2014, del ministro de Energía y Minas, hasta el 5 de noviembre de 2024.

POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el

Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Extinguir la concesión de explotación en el área denominada Cayo Mono II, ubicada en el municipio de Varadero, provincia Matanzas, otorgada a la sociedad mercantil cubana Inversiones Gamma S.A.

SEGUNDO: Declarar franca el área que abarcaba la concesión de explotación que puede ser objeto de nuevas solicitudes para realizar actividades mineras.

TERCERO: La sociedad mercantil cubana Inversiones Gamma S.A., está obligada a cumplir las obligaciones contraídas al serle otorgada dicha concesión de explotación, si no las hubiere aún ejecutado, especialmente las tributarias y las relacionadas con el medio ambiente; así como a indemnizar por los daños o perjuicios que hayan dado lugar las actividades mineras realizadas.

CUARTO: Derogar las resoluciones 240, de 6 de agosto de 2008, del viceministro primero, de la Industria Básica; 410, de 9 de junio de 2010, de la ministra de la propia autoridad y; 209, de 18 de agosto de 2014, del ministro de Energía y Minas.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la sociedad mercantil cubana Inversiones Gamma S.A.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.

DADA en La Habana, a los 21 días del mes de enero de 2025, “Año 67 de la Revolución”.Vicente de la O Levy Ministro